Accidente en Tulancingo deja una persona prensada
PACHUCA, Hgo., 28 de mayo de 2015.- Mediante un operativo realizado por la Subsecretaría de Transporte del estado, se detectó a una empresa que brindaba servicio de taxi ejecutivo, sin contar con sus respectivos permisos en la colonia El Palmar de la ciudad de Pachuca.
La empresa que daba servicio público en vehículos particulares, se anuncia en la red social de Facebook, ofreciendo los siguientes servicios: «Te llevamos a donde nos digas: al trabajo, a la escuela, al aeropuerto, al antro. Pregunta por nuestras tarifas».
Derivado de este operativo, fue asegurado una unidad de marca Chevrolet, tipo Suburban, modelo 1997, color blanco, con placas de circulación MHC 4935 del Estado de México, la cual fue detectada cuando se disponía a prestar un servicio a la Ciudad de México.
Con lo anterior, el operador de la unidad anteriormente referida, fue informado de la situación, así como de diversas violaciones a la Ley de Transporte, y de su respectivo reglamento en las que incurrió.
Por esta razón, y de acuerdo con dicho reglamento, se establece que la explotación y uso de las vías públicas ubicadas en el estado, así como los servicios de transporte de pasajeras y pasajeros; servicios privados de transporte de personas y bienes; y auxiliares y conexos, se sujetarán a las disposiciones establecidas en la Ley de Transporte para el estado de Hidalgo, este reglamento y las normas que expida la subsecretaría, en coordinación con el organismo.
Así como todas aquellas unidades del servicio de transporte público o privado que sean contratadas con medios electrónicos o telefónicos; tratándose de medios electrónicos, todas las páginas y aplicaciones tecnológicas relacionadas con dicha prestación, deberán estar registradas ante el organismo, quien de igual forma se encargará de regularizarlas.
De esta manera, el Sistema de Transporte Convencional, por medio de la Dirección de Normatividad, puso a disposición a la unidad en cuestión, ante la Procuraduría General de Justicia del estado, para que se determinen las acciones legales a seguir, ante la probable violación al artículo 344 del Código Penal del estado.
Por lo tanto, se le hace saber a la sociedad, que este servicio que se ofrece no se encuentra regulado.