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PACHUCA Hgo., 20 de marzo de 2017.- En Hidalgo, tres mujeres violentadas sexualmente interrumpieron su embarazo en la Secretaría de Salud de Hidalgo (SSH), durante 2016, luego de que en marzo pasado se aprobaron modificaciones a la NOM-046-SSA-2-2005 y se eliminó el requisito de que las agredidas deben presentar una denuncia penal antes de pedir el servicio.
La Alianza Nacional por el Derecho a Decidir (Andar) documentó los tres casos, en uno de los cuales no se presentó denuncia, como establecía con anterioridad la norma 6.4.2.7, que exigía una autorización de la «autoridad competente», pero ahora sólo es necesaria «una solicitud por escrito bajo protesta de decir verdad que el embarazo es producto de una violación».
Sin embargo, en la entidad la legislación aún es contradictoria, porque no ha sido modificada, ya que el aborto es punible, según el artículo 158 del Código Penal de Hidalgo, a excepción de cuatro casos: malformaciones del producto, riesgo de la madre, ocasionado sin intención de la mujer y por violación.
La última causal establece que no habrá sanción, siempre que la mujer haya denunciado el delito antes de saberse embarazada y se encuentre dentro de los primeros 90 días de gestación, de acuerdo con el ordenamiento, que no ha sido modificado por los diputados locales.
Asimismo, en el Congreso federal se encuentra detenida la iniciativa para incluir los aspectos de la norma en la Ley de Acceso a las Mujeres a una Libre de Violencia; no obstante, esto no afecta que las víctimas de violación soliciten el servicio en las entidades, informó Bertha Miranda, titilar de la Red por los Derechos Sexuales y Reproductivos (Ddeser).