Asesinan en la Reforma a exvocera de Sectur Hidalgo
PACHUCA, Hgo., 11 de Julio de 2017.- Con la aprobación de las diferentes reformas y adiciones al Código Penal para el Estado de Hidalgo, se cierra el ciclo para la implantación del Sistema Estatal Anticorrupción, el cual inició con la fiscalización de los recursos y de los servidores públicos, prosiguiendo con la investigación para determinar faltas administrativas graves y no graves.
Estas reformas al Código Penal de la entidad, otorgan facultades a la Fiscalía Especializada en Delitos de Corrupción, con herramientas legales para sancionar los hechos que atentan contra el debido y honesto ejercicio del servicio público, explicó en la lectura del dictamen, el legislador panista, Miguel Ángel Uribe Vázquez.
Agregó que aquel servidor público que se le compruebe un hecho de corrupción, podrá recibir una suspensión, privación e inhabilitación de derechos, funciones, cargos, comisiones, empleos o profesiones; así como para participar en procedimientos de adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas y servicios relacionados con las mismas, o para obtener concesiones para la prestación de servicios públicos.
Se sumó el título décimo sexto denominado “Delitos por hechos de corrupción cometidos por servidores públicos y particulares vinculados con estos hechos”, en el que se establece que las disposiciones de este título, serán aplicables al Gobernador del estado, a los Diputados Locales, Magistrados y Consejeros del Tribunal Superior de Justicia, Magistrados del Tribunal de Justicia Administrativa, Procurador General de Justicia, Consejeros Electorales Locales, Magistrados Electorales Locales, Presidentes Municipales e integrantes de los Ayuntamientos.
También, cuando el responsable tenga el carácter de particular, el juez, además, deberá imponer la sanción de inhabilitación para desempeñar un cargo público, así como para participar en adquisiciones, arrendamientos, concesiones, servicios u obras públicas.
El mencionado título se compone de los capítulos “Intimidación” con penas de uno a cinco años de prisión y multa de 100 a 200 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA); “Uso ilícito de atribuciones o facultades” con sanciones de uno a ocho años de prisión y multa de 50 a 250 UMAs.
“Tráfico de influencia” con penas de dos a seis años de prisión y multa de 100 a 200 UMAs; “Enriquecimiento ilícito” con sanciones de tres meses a dos años de prisión y multa de 30 a 100 UMAs; y “Uso ilícito de atribuciones y facultades relacionado con particulares” con penas de tres a seis años de prisión y multa de 20 a 100 UMAs.
En pro del dictamen, subió a tribuna el legislador priista, Canek Vázquez Góngora, quien señaló que uno de los objetivos del Sistema Estatal Anticorrupción es el de establecer los sujetos, las conductas, los tipos penales, las punibilidades y sanciones económicas que deriven de la omisión o acción de hechos de corrupción de los servidores públicos y los particulares que estén vinculados con estos.