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PACHUCA, Hgo., 4 de abril de 2018.- De no presentar su declaración anual de impuestos ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), trabajadores asalariados y empresarios podrían ser acreedores a una multa de 17 mil pesos y hasta ser despojados de sus bienes.
Lo anterior fue anunciado en conferencia de prensa por la administradora de recaudación fiscal de Hidalgo, Dora Luz Hernández Aboytes quien anunció que las personas que reciban un ingreso a través de la prestación de servicios profesionales, realicen actividades empresariales y asalariados con dos o más fuentes de ingresos están obligadas a presentar su declaración anual, el tiempo límite para acreditar dicho trámite es hasta el 30 de abril del año en curso.
En caso contrario de no presentar su declaración, Hernández Aboytes explicó que los contribuyentes podrían ser acreedores a sanciones, como embargo de bienes o multas económica que va desde los mil 400 pesos hasta los 17 mil pesos.
El administrador de servicios al contribuyente del SAT, Edmundo Rogelio Naranjo Dávalos dijo que el año pasado se recibieron 7.4 millones de declaraciones a nivel nacional, en este periodo de operación fiscal, de la última semana de marzo y los días que van de abril, se recibieron 105 mil declaraciones y se realizó la devolución de 481 millones de pesos.
Agregó que en el estado de Hidalgo están suscritos en el padrón del SAT un millón 89 mil contribuyentes, de los cuales 600 mil están clasificadas como personas físicas, de esta cifra el 30 por ciento, deberán presentar su declaración anual de impuestos sobre la renta del ejercicio fiscal 2017 antes de finalizar el mes de abril.
Naranjo indicó que los asalariados que solo tengan un patrón y sus ingresos estén por debajo de los 20 mil pesos anuales, no están sujetos a la ley; sin embargo, en caso de querer deducir gastos personales para obtener un saldo a favor, pueden presentar su declaración en cualquier momento.
Informó que los gastos deducibles pueden ser de hasta el 15 por ciento por ingreso mensual, abarcan honorarios médicos, consultas dentales, psicológicas y nutricionales, estímulos de colegiatura, donaciones a la Cruz Roja y hasta procesos funerarios, además se facilitará un servicio en línea, el cual proporcionará al contribuyente una propuesta sobre su declaración fiscal y en caso de estar de acuerdo con los resultados, solo deberá enviar con la firma electrónica.
Finalmente mencionó que esta herramienta será de utilidad a las personas físicas que sean acreedoras a una devolución de impostas tras emitir facturas por gastos deducibles, el tiempo promedio para conocer los resultados de su declaración y en dado caso obtener la retribución el plazo es de cinco días hábiles.