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PACHUCA, Hgo., 4 de mayo de 2018.- Miles de litros de residuos identificados como suero de soya son tirados al río El Salto en Atotonilco de Tula, desde hace varios meses sin el debido tratamiento especial, deshechos generados por la empresa Sigma Alimentos, lo que genera una contaminación, ignorando lo que establece la ley bajo el contubernio y omisión de las autoridades.
Desde inicios del año en curso se han detectado una serie de movimientos en la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales ubicada en el desarrollo habitacional Sendero del Pedregal en Atotonilco de Tula, en la cual se han vertido milesde litros de este líquido sin el procesamiento adecuado, ya que posee altos grados de acidez que puede dañar el ecosistema de la zona y la propia agua.
De acuerdo con pobladores y ambientalistas que han denunciado esta irregularidad, señalan que la planta de tratamiento se convirtió en el sitio predilecto de descarga de los desechos generados por la empresa cárnica establecida en Atitalaquia, esto bajo el cobijo de la Comisión de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Atotonilco de Tula (CAASAT) que dirige Juan Manuel Tovar López y quien es la que administra dicha planta.
Los denunciantes que pidieron el anonimato por temor a rrepresalias y con expedientes en mano para comprobar sus dichos, aseguran que la planta sólo tiene la autorización de para el tratamiento de las aguas residuales domésticas del desarrollo habitacional en Sendero del Pedregal.
Lo anterior establecido bajo el oficio número 133.02.02/212/2011 de la delegación federal en el Estado de Hidalgo de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, otorgado a la Inmobiliaria Quma de Hidalgo con fecha 28 de octubre de 2011.
Sin embargo, esto ha pasado por alto, ya en reiteradas veces de acuerdo con los denunciantes, pues el suero de soya se ha desplegado en el río El Salto, el cual es afluente del río Tula, y la continuación del Tajo de Nochísíongo, obra que es utilizada para dar salida a las aguas negras provenientes del poniente de la Ciudad de México.
También se señala que la Planta de Tratamiento, a fin de verter estos desechos debe contar con la autorización de la Comisión Nacional del Agua (Conagua) para la descarga de aguas residuales previamente tratadas al Río El Salto, conforme a la Ley de Aguas Nacionales y su Reglamento, trámite que no existe.
Por lo cual se expone dentro de los anteriores señalamientos, como ilegal la descarga del suero de soya en el río El Salto, considerado a su vez un Bien Nacional, lo que de afirmarse por las autoridades en la materia, recaería en un delito de carácter federal, mismo que se establecen en el artículo 416 del Código Penal Federal, mientras que la propia legislación local penaliza bajo el artículo 349 del Código Penal del Estado de Hidalgo.
En este sentido expusieron que es pertinente y urgente que intervenga la Conagua para que investigue la posible responsabilidad de la CAASAT, Sigma Alimentos y otros actores por delitos contra el ambiente en su modalidad de descargas a un Bien Nacional.
Responsabilidad compartida
Mientras que se expone una responsabilidad del ayuntamiento a través de su Organismo Operador del Agua, no se debe de pasar por alto a la empresa Sigma Alimentos como la productora de los desechos denunciados, quien en su afán de encontrar soluciones fáciles ha logrado el respaldo de la CAASAT para este fin.
Abundando en la denuncia ciudadana, que la responsabilidad de la empresa radica en que es la principal responsable de cuidar que sus desechos vayan al destino de disposición adecuado, es decir, una planta de tratamiento especial, situación que no se sigue al pie de la letra al tener el permiso de generador de residuos de manejo especial.
Por otra parte, la responsabilidad la comparte en cierta medida con la empresa contratada para el traslado de los desechos, es decir, con Garza Leal, la cual si bien cuenta con la autorización para el transporte de ese tipo de residuos de manejo especial, ésta carece permiso para descarga de los desechos a una Planta de Tratamiento de Residuos especializada así como esta misma acción poderla emplear a un Bien Nacional.
Es decir, que ha llevado el suero de soya la planta y a vertido el líquido sin atender los requerimientos de ley, mismo que es solapado por la CAASAT.
Autoridades omisas
Sumado a los anteriores actos que pueden recaer en la ilegalidad, se encuentra la opacidad y falta de acción de las autoridades estatales, como es el caso de la Procuraduría Estatal de Protección al Ambiente (Proespa).y la Semarnat Hidalgo.
Por parte de la autoridad encargada de investigar y perseguir los delitos en materia ambiental continúa sin atender al llamado, toda vez que se emitió la respectiva denuncia con expediente número 8/2018.
A la fecha no hay ordenamiento alguno para implementar la medida de seguridad para evitar el riesgo inminente de desequilibrio ecológico y la contaminación del Rio, aún y cuando está enterada del lugar en donde se realiza la disposición final de los residuos generados por la empresa Sigma.
Tampoco la Semarnath ha actuado en tomar las medidas de atención en el sentido ser quien expide los permisos para ambas empresas, no se cerciora del destino y paradero de los desechos producidos por Sigma y trasportados por Garza Leal, situación que se comprenden como una falta de seguimiento en que deriva en anomalías en materia legal contra el medio ambiente.