Designan a exalcaldesa como nueva presidenta del PAN en Hidalgo
PACHUCA, Hgo., 20 de julio de 2018.- La Secretaría de Educación Pública de Hidalgo ingresó un recurso de revisión ante la sentencia emitida por la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación donde responsabiliza a esta dependencia y al gobernador Omar Fayad de hacer uso indebido de recursos públicos por la publicación de un video en Facebook.
Apenas el pasado día 18 y 19 de julio, el titular de la SEPH, Atilano Rodríguez Pérez y el director jurídico de esta misma dependencia, Carlos Emigdio Arozqueta Solís interpusieron dichos recursos bajo el expediente SUP-REP-664/2018 y SUP-REP-670 por lo dictaminado la semana pasada por el poder judicial en materia electoral.
Dicha acción se deriva del fallo que emitió la semana pasada el TEPJF a través de un Procedimiento Especial Sancionador promovido por el Partido Acción Nacional contra el mandatario de Hidalgo y la SEPH en el que se exponía la falta de imparcialidad del gobernador por la publicación de un video en perjuicio del ex candidato a la presidencia de la República, Ricardo Anaya Cortés.
Bajo el expediente SER-PSC-216/2018, la Sala Regional expuso en sus alegatos que el video donde Fayad Meneses menciona su rechazo a una medida que plantea implementar Anaya Cortés contra el actual mandatario Enrique Peña Nieto, en crear una fiscalía especializada para investigarlo por presuntos actos de corrupción, donde el mandatario señala que es su opinión como ciudadano, sin embargo la autoridad en la materia resalta que esto no se puede desvincular de su rol como gobernador, lo que significa una violación a la ley.
Abunda en la explicación, que el video presentado en la cuenta de Facebook del gobernador, no fue de carácter espontáneo, pues para este fin de difusión se suscribió un contrato de publicidad por internet, lo cual implica que no se le puede calificar a esta conducta como un acto de libre expresión.
Otro punto donde se centró la queja del PAN es que el vídeo también se encontró en la página oficial de Facebook de la Dirección Jurídica de la SEPH, por lo cual al utilizar la cuenta para esta difusión también implica que utilizó de forma indebida los recursos públicos, esto con fines electorales, contraponiéndose a su vez al artículo 134 párrafo séptimo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.