Nuevamente detuvieron a extesorera de Tlaxcoapan
PACHUCA, Hgo., 2 de septiembre de 2018.- Un total de 4 de los Centros de Reinserción Social (Cereso) que se encuentran en territorio hidalguense son violatorios en los derechos de los internos en dotar de condiciones para la vinculación con el exterior.
De acuerdo con la recomendación general de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) 33/2018 sobre el derecho a mantener la vinculación con el exterior de las personas privadas de la libertad en los centros penitenciarios de la república mexicana, expone serias deficiencias en garantizar este derecho en todo el país, en donde también figura Hidalgo.
Entre los Ceresos donde se ubicaron inexistencia o deficiencia en condiciones materiales e higiene de instalaciones para la comunicación con el exterior se encuentran el de Pachuca, Tulancingo, Tula y Actopan.
“Los programas de vinculación con el exterior forman parte de las herramientas y estrategias avaladas por las normas e instrumentos internacionales cuyo diseño y efectiva aplicación contribuye a la defensa de los recluidos, evita su desarraigo social y familiar, fomenta un proceso de normalización e incide de manera efectiva a su reinserción social”, refiere en su informe la CNDH, sin que esto se lleve a cabo en los anteriores centros penitenciarios estatales.
Este mismo factor también se ubica en una de las cárceles distritales, ésta a cargo o bajo la administración de la alcaldía, que en este caso es la de Tizayuca, denuncia la recomendación.
De forma positiva, el máximo órgano garante de los Derechos Humanos en el país no menciona a los centros penitenciarios de Hidalgo bajo la inadecuada vinculación de las personas privadas de la libertad con la sociedad.
Sin embargo esto no se refleja así en las cárceles distritales, de las cuales el documento da cuenta que en las de Metztitlán, Atotonilco El Grande y Zacualtipan presentan estas violaciones.
En este sentido la CNDH refiere que este tipo de prohibiciones provoca afectaciones emocionales, económicas y jurídicas por la incertidumbre que genera desconocer su paradero, y los cambios de que son objeto provocan erogaciones innecesarias, violando además el mandato dispuesto por el artículo 18 Constitucional de permanecer en establecimientos cercanos a su domicilio.