Pese a recorte, INE hará trabajo de excelencia en elección del PJ: Taddei
PACHUCA, Hgo., 29 de mayo del 2020.- Las representaciones de Morena y el PRI presentaron iniciativas para formalizar dentro del esquema legal la figura de las sesiones no presenciales o virtuales, esto ante el panorama actual de contingencia por la pandemia de Covid 19.
En sesión virtual de este viernes las legisladoras Susana Ángeles Quezada de Morena y María Luisa Pérez Perusquía presentaron de manera individual propuestas para contemplar dentro de la Ley Orgánica del Poder Legislativo la realización de este esquema de sesiones a distancia o no presenciales que atiende a la necesidad de continuar con los trabajos legislativos en caso de la declaración de una emergencia de cualquier índole que impida el desahogo de estos trabajos en la sede del Congreso de Hidalgo.
Ambas propuesta contemplan puntos en similitud, aunque también establecen diferencias en el modo de solventar y realizar las sesiones desde el espacio virtual con el empleo de las tecnologías de la comunicación.
En el caso de la propuesta emitida por la presidenta de la Junta de Gobierno y coordinadora del PRI, expone que se da facultad legal al Legislativo de la entidad para poder sesionar en casos excepcionales, decretados bajo emergencia por las autoridades competentes.
En punto medular de la iniciativa es que éste se toma como base el acuerdo vigente por el cual hoy en día la LXIV legislatura puede sesionar a distancia o bajo el esquema virtual.
De este modo se pretende añadir el Capítulo primero Bis denominado del proceso de las sesiones virtuales, ubicado en el titulo quinto de la Ley Orgánica del Poder Legislativo de Hidalgo.
Prohibición de sesionar de manera virtual en las sesiones extraordinarias, solemnes o secretas
En dicho apartado se precisa que no se podrán abordar bajo la modalidad de sesiones virtuales los asuntos relacionados con reformas a la Constitución Política del Estado de Hidalgo, minutas de reforma o adición de la Carta Magna de los Estados Unidos Mexicanos, así como aquellos asuntos relacionados con la elección de servidores públicos que deba asignar el Congreso y aquellos que requieran votación por cedula, mismos que se reservan sólo para sesión presencial.
En el caso de la propuesta de Susana Ángeles Quezada, representante por el distrito de Tizayuca, reiterando la aplicación de estos trabajos sólo en situaciones bajo un ordenamiento orgánico y parámetros mínimos de legalidad.
De raíz expone dejar sin efecto o derogar el Reglamento de Sesiones No Presenciales (Virtuales) de la LXIV Legislatura del Congreso del Estado de Hidalgo, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, el 07 de abril de 2020.
Bajo lo que propone la legisladora de Morena se busca el adicionar supuestos por los que Congreso pueda sesionar excepcionalmente fuera del recinto Legislativo, tales como emergencias decretadas por autoridades competentes, que pongan en riesgo la vida, la salud e integridad de las personas que laboran en el Congreso del Estado o por el surgimiento de algún caso fortuito o de fuerza mayor.
De igual forma dotar de atribuciones a las diputadas y los diputados que ocupen cargos dentro de la Mesa Directiva y, además, hacer uso de la fe pública con la que cuenta la persona titular de la Secretaría de Servicios Legislativos; además de facultar a las Comisiones Permanentes para que, de acuerdo con las pautas establecidas para las sesiones virtuales del Pleno, aquéllas también puedan sesionar.
Busca plantear conductas de comportamiento que deberán observarse para el normal desarrollo de las sesiones virtuales, ello acorde a las reglas de conducta y cortesía parlamentaria; contemplar aquellas disposiciones para que se puedan votar válidamente los asuntos que se analicen tanto en el Pleno como en las Comisiones.
Así como transmitir en vivo todas las sesiones de los órganos parlamentarios, pues se reconoce que la publicidad y la transparencia son principios que deben garantizarse en todo momento.
Mientras que se puntualiza en similitud con la anterior iniciativa que las votaciones de reformas a la Constitución Política del Estado; la designación, elección, ratificación de funcionarios públicos; a lo que se añade la resolución de juicios político y la suspensión de munícipes, no se pueden desahogar mediante una sesión a distancia.