Nuevamente detuvieron a extesorera de Tlaxcoapan
PACHUCA, Hgo., 6 de julio de 2020.- En atención a las medidas sanitaria vigentes, el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) continúa sesionando de manera virtual, llevando a cabo hoy el desahogo de dos juicios para la protección de los derechos político electorales.
En primera instancia, se declaró improcedente conocer el medio de impugnación interpuesto María Leticia Luna García contra la Comisión Permanente del Consejo Estatal del Partido Acción Nacional en el Estado de Hidalgo por el acuerdo mediante el cual se establece un método de elección por votación secreta para elegir el orden de prelación que se envía a la Comisión Permanente del Consejo Estatal del Partido Acción Nacional para la elección de candidatos a ediles, exclusivamente por cuanto hace al municipio de Tizayuca, Hidalgo, dentro del proceso electoral interno 2019-2020 en la que se eligen candidatos a ediles por el Partido Acción Nacional.
El juicio fue reencauzado a la Comisión de Justicia del PAN, para que conozca y resuelva la controversia planteada a través del Juicio de Inconformidad establecido en sus Estatutos Generales, ya que deben agotarse las instancias intrapartidistas.
Por otra parte, se acumularon en el expediente TEEH-JDC-063/2020 tres juicios más con números TEEH-JDC-064/2020, TEEH-JDC-065/2020 y TEEH-JDC-066/2020, en los que de manera idéntica, los ciudadanos David García Ludlow, María Juan Rubén García Lastiri, María Martín Gerardo Melgoza Chávez y María José Melgoza Mabridis impugnan la convocatoria al Tercer Congreso Nacional Ordinario del Partido Morena, de la cual es responsable el Comité Ejecutivo Nacional y a la Comisión Nacional de Elecciones del mismo.
El TEEH se declaró incompetente para atender la demandas de los juicios, remitiendo las mismas a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Se destacó que las autoridades competentes son de orden federal y que además las demandas señalan un incumplimiento de sentencia también competencia de la Sala Superior, por lo que se remitirán a la misma los escritos de demanda y sus anexos.