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CIUDAD DE MÉXICO, 10 de noviembre de 2021.- La Sala Superior determinó revocar la determinación del órgano de justicia interna del PAN que negaba reconocer el interés legítimo de una persona militante inconforme, pues estima que todas y todos los militantes pueden impugnar cualquier acto relacionado con el proceso de renovación de las dirigencias partidistas.
Ello, por mayoría de votos de los magistrados Mónica Aralí Soto Fregoso, Felipe de la Mata Pizaña, Felipe Alfredo Fuentes Barrera y el magistrado presidente, Reyes Rodríguez Mondragón.
En el caso, un militante del PAN impugnó diversos actos relacionados con el proceso de renovación de la dirigencia nacional. De entre ellos, el registro del militante Marko Cortés Mendoza, pues alegó una falta de transparencia en las firmas que obtuvo su planilla.
El órgano de justicia partidista desechó la queja al considerar que el militante no tenía interés legítimo para inconformarse, debido a que no fue parte del proceso al no haber participado como candidato. Por tanto, el registro de Cortés Mendoza no le habría generado alguna afectación a sus derechos.
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