Descarta IEEH candidaturas exclusivas para mujeres rumbo a 2027
PACHUCA, HGO, 4 septiembre 2026-La alcaldesa de Ajacuba, Zitlaly Jazmín Zúñiga Peña, denunció al Instituto Estatal Electoral (IEEH) por tardar en la sustanciación de procedimientos especiales sancionadores relacionados a presunta violencia política por razón de género.
Ante el Tribunal Electoral del Estado (TEEH), la alcaldesa promovió el juicio ciudadano TEEH-JDC-097/2026 para señalar la dilación injustificada y excesiva en la sustanciación de las quejas que a su consideración afecta su derecho de acceso a la tutela judicial efectiva.
Indicó que los días 6 y 17 de marzo promovió los casos ante IEEH, a los cuales asignaron las claves, IEEH-SE-PES-003/2026 y IEEH-SE-PES-004/2026, expedientes que del escrito de cuenta refiere tienen por objeto investigar hechos posiblemente constitutivos de violencia política contra las mujeres en razón de género.
Por lo que, transcurrieron aproximadamente cinco meses desde la presentación de las denuncias sin que advierta una conclusión o avance sustancial de la investigación que permita la remisión a la autoridad jurisdiccional competente, lo cual deriva en una afectación sustancial a su derecho de acceso a la justicia, por la dilación injustificada y excesiva en la sustanciación de los procedimientos sancionadores.
Debido a que no era la vía jurídica idónea, los magistrados reencauzaron el asunto como juicio electoral pues no controvierte una determinación definitiva, un acto directo que limite, anule o menoscabe el ejercicio del cargo, sino la presunta tardanza u omisión para sustanciar los asuntos.
Ante la ausencia de un medio de impugnación específico en la legislación electoral de Hidalgo para fiscalizar el cumplimiento de los plazos en la etapa de instrucción a cargo de la autoridad administrativa, el TEEH consideró en el acuerdo plenario que el juicio electoral surge como el mecanismo idóneo y de naturaleza amplia que permite verificar la regularidad procedimental y, en su caso, dictar las medidas necesarias para garantizar la justicia pronta y expedita.
Finalmente, la adopción del juicio electoral se justificó por la necesidad de brindar eficacia plena al principio de debida diligencia reforzada que rige en la atención e investigación de casos de presunta violencia política contra las mujeres en razón de género.