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PACHUCA, Hgo., 9 de septiembre de 2026.- Debido a un cambio de situación jurídica que dejó sin materia el asunto que interpuso el presidente del Tribunal Electoral del Estado (TEEH), Leodegario Hernández Cortez, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desechó la impugnación contra el nombramiento de Jonnathan Pérez Ledezma como titular del Órgano Interno de Control (OIC).
En el expediente, SUP-JG-58/2026, controvirtieron la designación de Pérez Ledezma como contralor del tribunal hidalguense, el cual realizó la LXVI Legislatura del Congreso local, ante una posible vulneración a la autonomía e independencia del órgano jurisdiccional, al permitir la injerencia de una autoridad legislativa en las funciones que tiene encomendadas un órgano constitucional autónomo.
Inicialmente, el proyecto del magistrado de Sala Superior, Felipe de la Mata Pizaña, proponía la revocación del decreto del Congreso de Hidalgo mediante el cual designaron a Jonnathan Pérez Ledezma, como titular del OIC, además, declararía la inaplicación de los artículos 26 párrafo cuarto y 56 fracción XV Bis, de la Constitución Política del Estado de Hidalgo, 20 Bis de la Ley Orgánica del Tribunal Electoral del Estado, 74 Bis y 74 Ter de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; por lo que hace a la facultad del Congreso local de designar al titular del OIC del tribunal local.
Sin embargo, en la sesión pública de este miércoles, determinaron la improcedencia del asunto ante el desechamiento de la demanda al actualizarse un cambio de situación jurídica que dejó sin materia el asunto.
Esto porque el 4 de septiembre la oficialía de partes de Sala Superior recibió el oficio CELSH/LXVI/DGCA/280/2026 suscrito por el director general de la Coordinación de Asesoría quien, en su carácter de representante legal del Congreso local, en el que informó que el pasado 3 de septiembre, Pérez Ledezma presentó su renuncia.
El veredicto sostuvo que el escrito de renuncia produjo un cambio de situación jurídica que dejó sin materia la controversia planteada, pues el acto controvertido era precisamente la designación de Jonathan Pérez Ledezma como titular del OIC, situación que quedó superada procesalmente y sus efectos fueron reemplazados con motivo de la dimisión al cargo.
Respecto a la solicitud de Leodegario Hernández Cortez para que Sala Superior se pronuncie de fondo en cuanto a la solicitud de inaplicación de las atribuciones establecidas en favor del Congreso local, el pleno del TEPJF consideró que no le asiste la razón, pues la renuncia “no implica que el ejercicio de la atribución subsista de manera autónoma al acto concreto de aplicación”.
Finalmente, la sentencia agregó que, “si la designación ha quedado sin efectos como consecuencia de la renuncia, no es jurídicamente viable el análisis abstracto de la facultad porque éste sólo es posible en la medida en que materializa el ejercicio de la atribución cuestionada”.