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PACHUCA, Hgo., 11 de julio de 2016.- El Tribunal Electoral de Hidalgo declaró la nulidad de la elección municipal de Omitlán de Juárez, debido a que el ganador de la elección José Luis Ordaz Ríos, del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), transgredió el principio de laicidad, ya que durante una cabalgata religiosa en honor a la Santísima Trinidad, realizó actos políticos tendientes a la obtención del voto.
Así mismo, en este acto se vieron banderas de esta fuerza política, detalló en su ponencia la magistrada Mónica Patricia Mixtega Trejo, quien expuso, se violó el artículo 130 constitucional, debido a la separación de iglesia y estado.
La votación fue por unanimidad, ya que fue el propio tercero interesado en este caso, José Luis Ordaz Ríos, quien aceptó participar en este acto.
La cabalgata se llevó a cabo el pasado 22 de mayo y los magistrados presentaron un video en donde se aprecia al entonces candidato en este acto religioso, saludando a las personas, situación que transgrede la laicidad del estado.
En su resolución, se dictaminó se vincula al Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) en términos del Código Electoral.
Resuelven casos, juicios y procedimientos en sesión de más de 4 horas
Por otra parte, en una sesión que duró cuatro horas y media, se resolvieron 26 casos, 19 juicios de inconformidad, 5 procedimientos especiales sancionadores y dos juicios de protección de derechos políticos electorales del ciudadano.
La sesión se suspendió por unos minutos debido a las condiciones meteorológicas se fue la luz en el recinto, cuando ya se habían resuelto la mitad de las inconformidades.
Minutos antes los perredistas de San Bartolo Tutotepec esperaban la resolución de un juicio de inconformidad contra la elección municipal, donde se declaró la validez de la elección en San Bartolo que da el triunfo a Ulises Islas, postulado por la coalición Un Hidalgo con Rumbo.
En su ponencia la magistrada María Luisa Oviedo, expresó que en el Código Electoral del Estado de Hidalgo no prohíbe de forma expresa que militantes de algún instituto político formen parte de las mesas, por lo que tampoco está considerada en los artículos 384, 385 y 390 como una causal de nulidad de la elección.
Sólo en un proceso especial sancionador se amonestó de manera pública a Acción Nacional (PAN) ya que en Ixmiquilpan, se colocaron lonas en postes de luz con la propaganda de Cipriano Charrez, diputado federal electo por ese municipio.
Sobre los juicios de protección de derechos políticos y electorales del ciudadano se determinó que en el interpuesto por Daniel Alvizo, en donde pide lo restituyan como integrante del Comité Directivo Estatal por lo que se determinó sea el partido a nivel local lo resuelva en un plazo de 20 días.
De los 19 juicios de inconformidad, se declaró la nulidad de dos casillas una en Apan y otra en Tenango de Doria, en donde ganaron el PAN y el PRI respectivamente, pero esta nulidad no afecta el resultado de las elecciones.