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CIUDAD DE MÉXICO, 21 de marzo de 2021.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) celebra la entrada en vigor de la reforma a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en materia de órdenes de protección, mismas que deberán otorgarse en el momento en que las autoridades competentes tengan conocimiento de un hecho de violencia presuntamente constitutivo de un delito o infracción, que ponga en riesgo la integridad, libertad o la vida de niñas o mujeres.
Luego de que el pasado 18 de marzo se publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma señalada, la Comisión Nacional reconoce la importancia de la emisión de las órdenes de protección dentro de las cuatro horas posteriores al conocimiento de los hechos; la duración a 60 días y su ampliación por 30 días más o hasta que cese el riesgo; el respeto de la autonomía de las víctimas; la previsión de gestiones para garantizar su cumplimiento, el monitoreo y ejecución, así como la previsión de que en los casos de violencia sexual se canalice a niñas o mujeres a instituciones de salud, establecidas en la normatividad.
Para la CNDH, las órdenes de protección son actos de urgente aplicación en función del interés superior de la víctima y en todo momento evitan que la persona agresora, directamente o a través de algún tercero, tenga contacto de cualquier tipo o medio con persona afectada, mediante la desocupación por parte del agresor, del domicilio conyugal o de pareja, independientemente de la acreditación de propiedad o posesión del inmueble, aun en los casos de arrendamiento del mismo.
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