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PACHUCA, Hgo., a 13 de junio de 2019.- Hombres y mujeres que prestan servicios de aseo o asistencia propios o inherentes al hogar pueden contar ya con seguridad social con la puesta en marcha del Programa Piloto para Personas Trabajadoras del Hogar.
Empleadores y prestadores de este tipo de servicios ya pueden acudir a la subdelegación del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) de lunes a viernes de 8 a 15:30 horas a presentar una solicitud para la inscripción voluntaria al Seguro Social del trabajador.
Sin embargo, por falta de voluntad de los patrones o por desconocimiento del trámite, aún hay trabajadores hidalguenses que desconocen este derecho a dos meses y medio de su implementación.
Bajo el lema “Con Seguro Trabajas Mejor”, este programa asegura el acceso a beneficios como atención médica y farmacéutica, guarderías, maternidad, ahorro para el retiro y todos a los que tiene derecho cualquier empleado asegurado sin distinción de género.
Aunque el trámite también es posible realizarlo en línea, en el portal ciudadano o en el escritorio virtual de la página web oficial del IMSS, para su presentación en ventanilla tampoco se describe complicado.
Consiste en la entrega de documentación en original y copia de comprobante de domicilio, identificación oficial vigente, copia certificada del Acta de Nacimiento Clave Única de Registro de Población (CURP), cuestionario médico proporcionado por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), comprobante de pago anticipado anual de la cuota para este beneficio y los datos del solicitante o representante legal.
El pago anual anticipado que realiza el patrón se fija en cuota estimada conforme al salario real integrado de acuerdo al artículo 27 de la Ley del Seguro Social.
La vigencia de este seguro es de un año, iniciando los servicios médicos del IMSS para el trabajador y sus beneficiarios un mes después de la fecha de su ingreso al Seguro Social.
Una vez vencida la anualidad, hay 30 días naturales para renovar la inscripción.
Sin embargo, hay limitantes para este ingreso, por lo que el IMSS informa que son excepciones para la inscripción el que el trabajador padezca “alguna enfermedad preexistente, como tumores malignos; enfermedades crónico degenerativas como complicaciones tardías de la diabetes mellitus; enfermedades por atesoramiento (enfermedad de gaucher); enfermedades crónicas del hígado, insuficiencia renal crónica, valvulopatías cardíacas, insuficiencia cardíaca; secuelas de cardiopatía isquémica (arritmia, ángor o infarto del miocardio); enfermedad pulmonar obstructiva crónica con insuficiencia respiratoria, entre otras.
Igualmente, no son candidatos a la inscripción quienes tengan enfermedades sistémicas crónicas del tejido conectivo; adicciones como alcoholismo y otras toxicomanías; trastornos mentales como psicosis y demencias; enfermedades congénitas y síndrome de inmunodeficiencia adquirida o Virus de Inmunodeficiencia Adquirida Humana positivo (VIH).
Destaca también la posibilidad de que el registro lo realice el propio trabajador presentando la documentación correspondiente y realizando mensualmente los pagos correspondientes al empleador y al empleado.