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CIUDAD DE MÉXICO, 16 de febrero de 2022.- El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) no cuenta con facultades constitucionales ni legales para realizar investigaciones sobre las percepciones y los bienes de personas físicas, informó el Pleno, por conducto de su comisionada presidenta, Blanca Lilia Ibarra Cadena, al dar respuesta a la carta enviada por el presidente Andrés Manuel López Obrador, el 14 de febrero pasado.
El documento presentado en la sesión pública de este miércoles precisa que el Instituto tampoco cuenta con atribuciones para requerir información a instituciones como el Servicio de Administración Tributaria (SAT), la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) o los Registros Públicos de la Propiedad, a fin de realizar ese tipo de investigaciones.
Por tanto, sugiere al titular del Ejecutivo presentar una solicitud de información a los sujetos obligados referidos, a efecto de que, como primeros responsables, sean quienes se pronuncien al respecto, toda vez que el Instituto no cuenta con un repositorio físico o electrónico de los archivos de los diversos entes públicos a nivel federal.
Añade que en caso de que las respuestas otorgadas no satisfagan su pretensión, puede interponer recurso de revisión ante el INAI, a fin de que el Pleno analice caso por caso la procedencia de las respuestas y emita las resoluciones correspondientes, de conformidad con lo dispuesto en las Leyes General y Federal de Transparencia.
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