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CIUDAD DE MÉXICO, 15 de enero de 2018.- Es pertinente interponer la acción de inconstitucionalidad contra el artículo 9º de la Ley de Seguridad Interior (LSI), debido a que dicho ordenamiento legal es contrario al principio de máxima publicidad, coincidieron los comisionados y el Consejo Consultivo del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
Durante su primer encuentro del año, el Consejo Consultivo y los comisionados del INAI coincidieron en la preocupación por las implicaciones que la LSI generaría en materia de transparencia y acceso a la información.
El Instituto reitera que el artículo 9º de la Ley de Seguridad Interior trasgrede los principios de máxima publicidad, de temporalidad en la reserva y de progresividad, los cuales deben imperar para el ejercicio del derecho humano de acceso a la información.
Mediante un posicionamiento, el INAI advirtió que la clasificación de información como reservada es una excepción que sólo podrá aplicarse bajo determinadas circunstancias.
Aunado a lo anterior, detectó que el dictamen de Ley contiene conceptos que podrían considerarse ambiguos o imprecisos, como el “acciones de seguridad interior”, “acciones de orden interno”, entre otros.
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