Aprueban reforma para agilizar gestión administrativa de municipios en Hidalgo
PACHUCA, Hgo., 30 de junio de 2026.- El Congreso de Hidalgo aprobó la propuesta que remitió el 6 de mayo el gobernador, Julio Menchaca Salazar, respecto al proyecto de decreto de la Ley de Notariado para el Estado la cual sistematiza la citada función para evitar dispersión, contradicciones, reformas fragmentadas o problemas de interpretación.
Igualmente, el objetivo es fortalecer la seguridad jurídica de los actos y hechos pasados ante la fe pública, profesionalizar el ejercicio notarial, regular nuevas herramientas tecnológicas y establecer mecanismos de supervisión, responsabilidad y sanción.
Puedes leer Exhorta Congreso a transparentar proyecto de relleno sanitario de Tula
Expide una nueva ley en materia notarial, estructurada en doce títulos, relativos a la función notarial y la institución del notariado; garantías sociales y prestación del servicio; personas notarias titulares, adscritas y eméritas; derechos, obligaciones, prohibiciones e impedimentos; suplencias, asociaciones y permutas; carrera notarial; actuación notarial e instrumentos notariales; escrituras, actas y testimonios; efectos del instrumento público.
También, competencia en asuntos extrajudiciales y sucesorios; atribuciones de la Dirección General del Archivo General de Notarías, Colegio de Notarios e Instituto de Profesionalización Notarial; así como supervisión, responsabilidades, quejas y sanciones.
Destacan algunas disposiciones en cuanto a la regulación de la actuación digital notarial, la firma electrónica notarial, el sistema informático del notariado, el archivo electrónico y el protocolo digital, con el propósito de incorporar medios tecnológicos en el ejercicio de la fe pública; fortalecimiento de la carrera notarial, mediante exámenes de aspirante y de oposición, así como reglas para la integración del jurado, evaluación, convocatoria, etcétera.
Obligación de certificación anual de actualización de conocimientos para personas notarias, a cargo del Colegio de Notarios, por conducto de su Instituto de Profesionalización o de institución autorizada por la Secretaría de Gobierno del Estado de Hidalgo; regulación del Archivo General de Notarías, Colegio de Notarios del Estado, Instituto de Profesionalización Notarial e Investigaciones Jurídicas y del Fondo de Garantía del Notariado, como elementos institucionales de soporte, vigilancia, capacitación y responsabilidad.
La previsión de responsabilidades de terceros por ostentarse como persona notaria sin patente, tener oficinas notariales sin autorización o introducir protocolos de otra entidad federativa con fines de actuación notarial en Hidalgo.
Contempla un régimen transitorio que establece la entrada en vigor a los 180 días naturales posteriores a su publicación, la abrogación de la Ley del Notariado vigente de 25 de enero de 2010, el respeto a derechos adquiridos y trámites iniciados, la adecuación de estatutos del Colegio y la expedición posterior de una ley específica sobre actuación digital notarial; entre otras.