Aprueba congreso de Hidalgo desaparición de 7 organismos autónomos
PACHUCA, Hgo., 20 de junio de 2023.- La Junta de Gobierno del Congreso de Hidalgo analizará la petición de los 8 legisladores que renunciaron al PRI para establecerse bajo un cambio de denominación a su bancada, ahora como Grupo Plural Independiente.
Después del anuncio de esta mañana de la renuncia de los legisladores Julio Valera Piedras, Marcia Torres González, Erika Rodríguez Hernández, Citlali Jaramillo Ramírez, Michelle Calderón, Alejandro Enciso Arellano, Rocío Jaqueline Sosa Jiménez y Juan de Dios Pontigo Loyola al Revolucionario Institucional, ya está la petición de los mismos para que se les nombre bajo otra denominación, confirmó el coordinador de la bancada de Morena e integrante de la Junta de Gobierno Jorge Hernández Araus.
Refirió que este asunto se tendrá que analizar por los representantes de todas las fuerzas políticas, ya que la petición no implica la conformación o creación a un nuevo grupo, sino que el grupo que ya estaba y constituido desde el inicio de la legislatura tenga un cambio de nombre.
Hernández Araus mencionó que, pese a la inexistencia del PRI como fuerza política y segunda con más diputados, la presidencia o coordinación de este año legislativo no mudaría o se quedaría acéfala, pues de todas formas este grupo continúa como el segundo con más cantidad de legisladores, con los mismos 8 que cuando comenzó.
Consideró el morenista que los exdiputados del PRI se amparan bajo la Ley Orgánica del Poder Legislativo de la entidad, en sus artículos 92, 93 y 94, de ahí que soliciten este cambio de nombre o bancada.
Si bien se inconformara la dirigencia que se elija en Hidalgo del PRI sobre estos cambios en la representación legislativa local, aclaró Araus que eso ya es un asunto al interior del partido, que no les toca atender como legisladores.
De acuerdo con el artículo 92 de la referida ley establece que “los diputados, podrán organizarse en Grupos Legislativos, para expresar los principios y lineamientos de sus respectivos Partidos Políticos, coadyuvar al mejor desarrollo del Proceso Legislativo, con el fin de orientar y estimular la formación de criterios unificados para la concertación de los trámites de los asuntos del Congreso del Estado”.
Mientras que el 93 menciona que “los Grupos Legislativos, estarán integrados por un mínimo de dos diputados, que serán acreditados a más tardar en la última Sesión de la Junta Preparatoria, realizada antes de la instalación de la Legislatura; para lo cual, deberán presentar una acta en la que conste la decisión de los diputados de un mismo partido político de constituirse en Grupo Legislativo, especificando la denominación del mismo; la lista de sus integrantes; nombre y firma de quienes lo conforman; así como el nombre del diputado que haya sido designado como su Coordinador”.
Y finamente el artículo 94 puntualiza que “sólo puede constituirse un Grupo Legislativo, por cada partido político representado en el Congreso del Estado. Los diputados que dejen de pertenecer a un Grupo Legislativo y que no se integren a otro existente, se considerarán como Diputados independientes y se les reconocerá en lo individual para que puedan desempeñar sus funciones de representación popular”.