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PACHUCA, Hgo., 22 de septiembre de 2026.- Una vez publicado el acuerdo de la Secretaría de Educación Pública (SEP) del gobierno federal que limita el uso de dispositivos electrónicos en escuelas públicas y particulares del sistema educativo nacional, comenzarán las asambleas con directivos, tutores y padres de familia para informar sobre los alcances de la medida.
En el Diario Oficial de la Federación (DOF) publicaron dicho acuerdo para garantizar los derechos de niñas, niños, adolescentes y jóvenes en la interacción, uso responsable y seguro de los dispositivos digitales personales, así como de tecnologías de aprendizaje en las escuelas públicas y particulares.
Tal documento describe que, ante la relevancia y trascendencia del debate nacional sobre el uso de teléfonos celulares, dispositivos inteligentes y electrónicos dentro de las instituciones educativas de todos los tipos, así como del inicio del ciclo escolar 2026-2027, realizaron consultas y delinearon criterios para regularlos.
Destacó que, de más de 560 mil figuras educativas encuestadas, el 81.2 por ciento está de acuerdo con que establezcan medidas de carácter nacional para atender el fenómeno de los dispositivos en la escuela; 95.7 por ciento respalda establecer una edad mínima para el uso de redes sociales; 94.7 por ciento, plantear reglas según la edad; 88.8 por ciento, limitar el acceso durante la jornada escolar, y 56.3 por ciento, con acceso nulo durante la jornada escolar.
Por tanto, el acuerdo número 09/09/26, que entrará en vigor el 3 de noviembre de 2026, refiere que en los niveles de educación inicial, preescolar, primaria y secundaria se restringe el uso de teléfonos celulares, dispositivos inteligentes y electrónicos personales para niñas, niños y adolescentes estudiantes durante toda la jornada escolar, por lo que solo podrán utilizarse para fines educativos previamente programados, con una intencionalidad pedagógica, bajo la orientación de docentes; asimismo, también para casos de emergencias personales, por motivos de discapacidad, accesibilidad, inclusión, necesidades de salud, particulares y extraordinarias de las comunidades educativas.
Las autoridades educativas de los estados y de la Ciudad de México, así como las demás autoridades competentes, adoptarán las medidas necesarias para la aplicación de estas condiciones y prácticas y, en su caso, podrán llevar a cabo los ajustes pertinentes para el contexto particular de la entidad federativa.
En el tipo educativo medio superior se fomentará el uso responsable y seguro de teléfonos celulares, dispositivos inteligentes y electrónicos personales y se limitará su uso no pedagógico durante la jornada escolar, de acuerdo con las características, necesidades y contexto de cada institución, mediante un proceso de consulta, diálogo y construcción de acuerdos con la comunidad educativa; asimismo, podrán utilizarse en casos de emergencias.
Igualmente, el nivel superior fomentará el uso responsable y seguro de teléfonos celulares, dispositivos inteligentes y electrónicos personales durante toda la jornada escolar, conforme a los acuerdos de cada comunidad educativa, con los ajustes que estimen pertinentes.
Los ajustes o adaptaciones serán definidos mediante asamblea previamente programada, en la que establecerán condiciones y prácticas específicas para cada escuela, orientadas a ser pedagógicamente pertinentes, éticamente responsables, inclusivas, seguras y centradas en las personas, las cuales podrán comprender, de manera enunciativa y no limitativa, las siguientes modalidades: espacio de resguardo en el aula; uso limitado por tiempos y espacios; sin uso o bien, uso programado.
En el artículo segundo transitorio se indica que, a partir del día siguiente de la publicación en el DOF, las autoridades educativas federales, estatales, así como las demás competentes, en sus respectivos ámbitos de competencia, iniciarán un proceso de asambleas con madres y padres de familia, personas tutoras y demás integrantes de sus comunidades educativas para la información, difusión, apropiación, implementación y construcción de acuerdos respecto de las condiciones y prácticas contenidas en el mismo.
Mientras que en el tercero transitorio señala que, dentro de los 180 días naturales siguientes a la entrada en vigor del instrumento, deberán emitir o, en su caso, armonizar los instrumentos jurídicos que correspondan.
En la publicación oficial también incluyen decálogos dirigidos a estudiantes de educación básica, media superior y superior.