Reencarpetamiento Tula-Zaragoza más observada por contraloría
CIUDAD DE MÉXICO, 1 de julio de 2018.- La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) concedió la medida cautelar solicitada por Morena y ordenó a Jesús Ortega Martínez que, en un plazo que no podrá exceder de tres horas, elimine de su cuenta de Twitter y de su perfil de Facebook, así como de cualquier otro sitio o cuenta bajo su dominio o administración, el video en el que hace referencia a Andrés Manuel López Obrador, candidato presidencial por Juntos Haremos Historia y Televisa.
En sesión extraordinaria urgente, con el voto unánime de las consejeras Adriana Favela y Claudia Zavala, así como del consejero Benito Nacif, la Comisión determinó que, bajo apariencia del buen derecho y de un análisis preliminar, el contenido del material denunciado podría violar la restricción legal que atañe a la veda electoral o periodo de reflexión, si se toma en consideración su origen, temporalidad, contenido y contexto.
Se precisó que, si bien no existe un llamado expreso al voto, en favor o en contra de algún postulante, el hecho de que haga alusión directa a un candidato a la Presidencia de la República y se ponga en duda su independencia frente a una empresa televisiva, pudiera constituir propaganda electoral difundida en periodo prohibido, además de que Jesús Ortega Martínez, actualmente es el coordinador de la corriente Nueva Izquierda dentro del PRD.
Improcedente cautelar solicitada por PVEM
En la misma sesión, la Comisión declaró la improcedencia de la medida cautelar solicitada por el Partido Verde Ecologista de México (PVEM) en contra de Raúl Araiza Herrera, así como de los partidos políticos que integran la Coalición Por México al Frente, derivado la publicación de un video en la cuenta personal del conductor de televisión en Twitter y en la que, presuntamente, se beneficia a Ricardo Anaya Cortés, candidato a la Presidencia de la República.
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