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PACHUCA, Hgo., 13 de marzo de 2018.- Los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) desecharon el recurso de apelación interpuesto por Octavio Castañeda Arteaga, representante del Partido de la Revolución Democrática (PRD) donde acusan al Consejo General del Instituto Estatal Electoral (IEEH) de omisión en los criterios de segmentación y paridad de género.
Durante la sesión del pleno, el Magistrado Presidente, Manuel Alberto Cruz Martínez, explicó que el recurso de apelación del PRD fue improcedente por atemporalidad, ya que el convenio del IEEH (CG/057/2017) en el que marca las pautas para determinar la segmentación del voto en las postulaciones para los distritos de mayoría relativa fue notificado oportunamente.
De acuerdo con los tiempos que establece el código electoral, los partidos tienen cinco días para impugnar un acuerdo, en este caso el IEEH realizó el convenio el día 23 de diciembre del 2017, el PRD recibió la notificación el 23 de diciembre y todavía tuvo 2 días para hacer la apelación, sin embargo, no lo hizo hasta el 28 de febrero del 2018.
Respecto al convenio IEE/presidencia/034/2018, de fecha 23 de enero de 2018, suscrito por la consejera presidenta Guillermina Vázquez Benítez, la demanda también fue improcedente, ya que al igual que en el anterior, esta no fue realizada a tiempo.
En ambos casos los recursos de apelación fueron realizados fuera de tiempo, en el primero por 65 y en el segundo por 32 días, por lo que el caso de la impugnación del PRD quedó totalmente concluido.