Vinculan a proceso a la Marylin Cote de Querétaro
PACHUCA, Hgo., 24 de noviembre de 2022.- La detención del alcalde de Nopala de Villagrán Luis Enrique Cardena García fue una violación a la suspensión provisional otorgada bajo el amparo promovido, del cual la Procuraduría General de Justicia de Hidalgo ya tenía conocimiento de esta medida para evitar su aprehensión e ignoró.
Lo anterior fue corroborado por Adolfo Estrada Díaz, asesor legal del alcalde quien en entrevista dio detalles del por qué de la liberación de su defendido y quien se encuentra en el ojo de las autoridades por el presunto desvío de 72 millones de pesos.
El jurista precisó que la libertad del alcalde se debe a la promoción y otorgamiento de una suspensión provisional, logrado a través del juez cuarto de distrito de Hidalgo, Miguel Ángel Villaseñor Reyes, sin embargo, los agentes de la PGJEH hicieron caso omiso pese a que el alcalde les dijo que contaba con esta protección.
Puntualizó que se extrañan toda vez que se otorgó la suspensión provisional el 18 de noviembre, mientras que se giró la orden de aprehensión el 19, por lo cual ya se tenía conocimiento de esta protección, además de que en la misma procuraduría cuenta con una sección de amparos, dónde ya se les había notificado.
Es así que en la audiencia de imputación, se le hizo del conocimiento a la jueza de control sobre la medida de protección provisional con la que contaba Cadena García, de ahí que se otorgará su libertad.
El incidente de suspensión bajo el número de amparo 1769/2022-VIII-A puntualiza la suspensión de cualquier acto de privación de la libertad, misma que no se llevó a cabalidad.
De igual forma, impide a la autoridad judicial pronunciarse en cuanto a dictar alguna medida que lo prive de su libertad, toda vez que esto recaerá en este órgano jurisdiccional de amparo.
Bajo esta medida no se dictó ninguna medida cautelar de prisión preventiva justificada por parte de la jueza de control.
La decisión de si continúa o no en libertad su proceso se definirá el próximo lunes 28 de noviembre en punto de las 9 horas, a fin de ver si se otorga la suspensión definitiva.
Mientras que la autoridad judicial local podrá continuar con proceso y determinar se le vincula a proceso o no, solamente como parte de la medida que implica la suspensión provisional, sin meterse en el ámbito de dictar alguna medida cautelar que busque la privación de la libertad.