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TIZAYUCA, Hgo., 2 de enero de 2023.- Bajo los supuestos delitos de coalición de servidores públicos, omisión y concusión, ejidatarios de Tizayuca presentaron por escrito una denuncia ante el ministerio público en contra de los presidentes municipales de Tizayuca y Tolcayuca, Susana Ángeles Quezada y Gastón Valdespino Ávila, respectivamente, relacionado a los límites territoriales que lindan entre ambas demarcaciones.
La denuncia firmada por ejidatarios que integran el Comisariado y el Consejo de Vigilancia del ejido de Tizayuca describe que en el caso de la alcaldesa de Tizayuca, es por celebrar un convenio relativo a los límites territoriales de esta ciudad con el municipio de Tolcayuca, y que posteriormente este gobierno lo hiciera de dominio público en la publicación del Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, fechado el pasado siete de julio de 2021, “a efecto de determinar la ubicación territorial en la que se encuentran algunas parcelas que conforman al ex ejido de Tizayuca”, cita el medio oficial.
Explicaron a Quadratin Hidalgo, que el acuerdo o convenio de la presidenta municipal es para ceder un millón 640 mil siete metros cuadrados al municipio de Tolcayuca, y a cambio, recibir dos superficies aproximadas de 19 mil 596, y la otra de dos millones 374 mil 768 metros cuadrados, cuyas últimas dos exclusiones se desprenden de la Hacienda Casa Blanca y Hacienda Bata, que en su oportunidad fueron de dotación presidencial al ejido de Tizayuca.
Sin embargo, sostuvieron que «estamos hablando de una simulación, pues la superficie de los terrenos que supuestamente cederá el municipio de Tolcayuca, a Tizayuca, en realidad forman parte de este municipio.”
Abundaron que “la presidenta Susana, pretendió en una sesión del Ayuntamiento, que los regidores le autorizaran la firma de este convenio, dado que no están autorizados para ello porque es competencia exclusiva del Congreso del Estado de Hidalgo.”
En otro intento, el pasado 27 de agosto de 2021 durante la Consulta Ciudadana para la actualización del Programa Municipal de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial de Tizayuca, presentaron un plano en el que se excluye parte del municipio de Tizayuca, y pidieron que asambleístas aprobaran ese punto de acuerdo, pero también fue rechazado.
“Todo ello con la finalidad de aparentar una supuesta definición de límites cuando en realidad, lo que dolosamente y simuladamente se realizó, fue la cesión de una parte del territorio del municipio de Tizayuca, al de Tolcayuca.”
En el caso del alcalde de Tolcayuca, Gastón Valdespino –agregaron en la denuncia–, «fue más allá, pues a partir de considerar falsamente que por el hecho de que la mayoría de las parcelas del ejido de Tizayuca, ahora propiedad privada, su gobierno ya lo denomina «ex ejido de Tizayuca» como si esa circunstancia fuera suficiente para que dichos predios mutaran a favor del territorio de Tolcayuca.”
“Y consecuentemente, los derechos y contribuciones son pagados en el municipio de Tolcayuca, lo que presuntamente constituye un acto consentido en perjuicio de los habitantes de Tizayuca, y por ello, será combatido por los medios legales que tenemos al sustentar actos y hechos contrarios a la Ley.”
Para refrendar este supuesto, la demanda sostiene que en el Juicio de Amparo Indirecto 1420/2011, radicado en el Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Hidalgo, el juez federal consideró que si el ejido de Tizayuca no pertenece a Tolcayuca, entonces el gobierno de ese lugar carece de competencia para requerir licencias, permisos entre otros trámites.
De igual manera, desecharon que “el argumento de que los límites territoriales que estaban tomando en cuenta para el Programa Municipal de Desarrollo, se basan en un plano geoestadístico emitido por INEGI, por lo que esta entidad carece de competencia y facultades para establecer los límites territoriales de las entidades y municipios.”
Finalmente, en la denuncia de 19 hojas que fue recibida por el Agente del Ministerio Público, Marcos Morales de la Cruz, quien le asignó el Número Único de Caso 13-2023-00392, ejidatarios pidieron se considere ejercer acción penal en contra de las personas señaladas por los hechos posiblemente constitutivos de delito.