Nuevamente detuvieron a extesorera de Tlaxcoapan
PACHUCA, Hgo., 3 de diciembre del 2020.- Este día entran en vigor reformas a los artículos 416 y 417 de la Ley para la Familia del Estado de Hidalgo que permite por primera vez variar el orden de los apellidos al momento de registrar nacimientos.
Anteriormente era obligatorio imponer el apellido paterno en primer término.
Ahora serán ambos progenitores o adoptantes quienes lo decidan y el caso de controversia el oficial del Registro Familiar resolverá.
El decreto se publica en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo POEH, y es suscrito por las diputadas Areli Miranda Ayala, Mayka Ortega Eguiluz y Lisset Marcelino Tovar.
El orden de los apellidos lo determinarán los presentantes de la persona a registrar escribiéndose en el acta de nacimiento el método utilizado.
Cuando acuda sólo uno de las partes, padre o madre, la la solicitud deberá acompañarse de carta poder firmada por las dos personas.
En caso de reconocimientos judiciales serán los jueces quienes determinen el orden de los apellidos.
El orden de los apellidos será el mismo para los restantes descendientes del mismo vínculo aún cuando se encuentren en proceso de divorcio o separación.