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PACHUCA, Hgo., 5 de febrero de 2019.- A partir de hoy entró en funciones el reglamento que regula mercados, comercio en la vía pública, tianguis, puestos fijos y semifijos en Mineral de la Reforma, para el cual se establece a los comerciantes un periodo de 3 meses para adecuarse a dichas disposiciones.
Por medio de la publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo este día toma efecto dicha disposición legal en el ámbito local, mismo que causó polémica, enojo y hasta enfrentamiento por parte de los comerciantes y tianguistas asentados en el municipio con autoridades del ayuntamiento.
De acuerdo con los artículos transitorios, los interesados en continuar con sus actividades comerciales en dichas modalidades tienen como plazo un periodo no mayor a los 3 meses para adecuarse al ordenamiento, periodo en el cual tendrán como carácter de obligatorio, integrarse en un padrón de comerciantes, esto ante la Dirección de Comercio y Abasto municipal.
El presente reglamento faculta a la anterior dirección a vigilar, permitir y sancionar el actuar de los comerciantes y sus giros durante su actividad productiva, además de facultársele el poder quitar o remover los puestos o espacios conforme a las causales que se establece.
De igual forma la Dirección de Comercio y Abasto es la autorizada para expedir los permisos, misma que estudiará y dictaminará la propuesta en un plazo no mayor a cinco días hábiles. En caso de que la autorización requiera de la dictaminación del Comité, el plazo se ampliará a quince días hábiles.
Dentro de la vigencia que se hace por cada modalidad se establece para tianguistas será semestral; puestos fijos y semifijos por un lapso cuatrimestral; comercio ambulante de carácter mensual y locatarios de los mercados por periodo semestral.
También se establecen horarios para el desempeño de la actividad comercial. En el matutino de 6 a 8 horas para instalación de los puestos; de ahí hasta las 18 horas para ejercer su actividad comercial; hasta las 19 horas para retirar sus puestos y mercancía y hasta las 20 horas para la recolección y limpieza de la zona; mientras para el diurno-nocturno se aplica de la misma forma pero en los horarios de 16 a 17 para instalación; hasta 22:00 para comercio; hasta 23:00 para retiro y cero horas para la recolección y limpieza.
En cuanto a las sanciones por alguna irregularidad se establecen la amonestación por escrito; multa económica; suspensión temporal de la actividad; retiro de la vía pública; revocación de la autorización de que se trate y la clausura.
La sanción de tipo económica va desde 6 a 25 Unidades de Medida y Actualización (UMA), es decir, de 506 a 2 mil 112 pesos aproximadamente, mientras que las causales de suspensión son la realización de actividades diferentes a las establecidas en la autorización otorgada y violaciones al reglamento.
Y por últimos el motivo para revocar el permiso es dejar de trabajar en el lugar o zona asignados por más de un mes, sin dar aviso a la Dirección de Comercio y Abasto, además de las transgresiones a las disposiciones.