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TULA DE ALLENDE, Hgo., 1 de septiembre de 2015.- Con la intención de brindar una asesoría a comerciantes tulenses y que el Servicio de Administración Tributaria (SAT), no se vea en la necesidad de sancionar a los expendedores de productos o servicios, este martes, funcionarios de la dependencia impartieron una asesoría a mercantes locales.
Misma donde se les explicó que con la reforma hacendaria federal que entró en vigor en 2014, se acabaron los pequeños contribuyentes, por lo que en lugar de declarar una vez cada año como se hacía aún en 2013, ahora deben de hacerlo cada 2 meses, e ingresar al Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), de la secretaría de Hacienda (SHCP).
Asimismo se les expuso que para pertenecer al RIF, sólo deben proporcionar su RFC y el CURP, así como registrar sus ingresos y egresos, presentar la declaración bimestral, además de elaborar facturas electrónicas simples a partir del cobro de 100 pesos por productos o servicios.
Igualmente se les puntualizó que en el RIF pueden tributar las personas vendedoras de mercancías o prestadoras de servicios que no requieran un título profesional para hacerlo, las que obtengan ingresos por comisión menores al 30 por ciento del total de ingreso.
Pero se aclaró que tales ingresos deben ser menores a 2 millones de pesos, de lo contrario entran en otra categoría, así como si la persona física tuviera una actividad adicional que le genere ingresos menores a la mencionada cantidad, aún puede tributar en el RIF.
Finalmente, en el evento, llevado a cabo en las instalaciones del Consejo Consultivo Ciudadano (CCC), se reiteró a los asistentes, que con el RIF, no se pueden negar a expedir una factura, de lo contrario se harán acreedores a una sanción del SAT.