Ráfagas: Otra más de la CAASIM
PACHUCA, Hgo., 24 de agosto de 2015.- Las estadísticas respecto al número de mujeres madres solteras y divorciadas que terminan siendo jefas de familia, predominantemente por la cantidad de menores que no reciben pensión alimenticia son alarmantes, y se han incrementado considerablemente durante los últimos años.
La pensión alimenticia NO es voluntaria, es una obligación jurídica que no está sujeta a la relación del padre con la madre, y tampoco debería ser algo por lo que se tendría que insistir y sancionar para evitar su incumplimiento, sin embargo, sucede.
Al ser una obligación totalmente legal y un derecho de los y las hijas debería ser inviolable, además de que aún por encima de esto existe una obligación moral de los padres que amerita por si mismo el cumplimiento de la misma y el no descuidar ni abandonar el tiempo de convivencia con estos.
Es muy desafortunado que en una gran mayoría de casos se tenga que realizar un proceso legal para prácticamente “obligar” a algunos hombres al cumplimiento de la pensión alimenticia, y que en medio de este, antes, durante y después los hijos y la ex pareja tengan que enfrentarse a situaciones desagradables con el deudor.
En el análisis de estos casos se exponen acciones que se dan como parte de la negativa a cumplir con la pensión alimenticia, siendo lo más comunes: mentir respecto a la existencia y cantidad de ingresos, auto desemplearse, percibir ingresos por medio de la firma de una tercera persona, etc.
Y es que es el incumplimiento de pensión es aceptable temporalmente cuando el padre no tiene trabajo o definitivamente en caso de que estuviera impedido física o mentalmente, pero, si este no es el caso nada justifica que se abandonen responsabilidades que además de jurídicas deberían de ser responsabilidades absolutamente personales, porque incluso ante los casos anteriores hay formas designadas por el código civil para cubrir con las necesidades alimenticias, educativas y de vestido de los y las menores.
Y además del cumplimiento de la cantidad designada en la pensión alimenticia está el cubrir con el tiempo y la atención, por lo menos suficientes, para tener una verdadera convivencia con los hijos.
Es curioso, hay padres a quienes no les permiten ver a sus hijos y otros que teniendo toda la posibilidad de hacerlo se conforman con ser literalmente padres virtuales.
Se supone que si una relación termina es por algo y que, por lo tanto, no hay razón para enfrentamientos, ni discusiones y lo que debería predominar es el respeto hacia ellos mismos y hacia sus hijos, porque ya que no fue posible establecer una unión familiar saludable si debería hacerse posible el ofrecer a los hijos un padre y una madre sin conflictos entre ellos.
Sin embargo, hay ex parejas expertas en resaltar la peor parte de su ex pareja, en abusar de la tolerancia hasta el hartazgo y en terminar adoptando un papel de víctima en lugar de reconocerse victimario… no cumplir con la pensión alimenticia también es violencia, no solo hacia la mujer sino también hacia los hijos.
En resumen: la pensión alimenticia NO es voluntaria, no está a merced del ánimo de nadie, es una obligación que si no se cumple amerita sanción, y también tenemos la obligación de proteger los derechos de nuestros hijos.
Algunas mujeres solicitan pensión también para ellas, esto es una elección personal, pero a lo que no se puede renunciar porque ni siquiera es propio, es al derecho de los y las hijas a ser reconocidos y sostenidos física, emocional y económicamente por su padre biológico.
@Lorepatchen
Psicología y Coaching
Escucha Entre Géneros Jueves 8 PM por 98.1 FM