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PACHUCA, Hgo., 24 de Enero del 2015,- La semana pasada, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ordenó al Instituto Electoral de Puebla, acreditar de inmediato a los partidos políticos MORENA y Humanista, dos de los tres recientes partidos políticos con registro nacional.
Lo anterior fue así, porque ambos partidos se les negó su acreditación ante dicha autoridad local, con fundamento en el artículo 31 del Código Electoral de esa entidad federativa, que establece como periodo de acreditación de los partidos nacionales, el mes de enero anterior a la elección, y en Puebla no inicia el proceso comicial hasta el siguiente año.
Ante ello, la Sala consideró que la negativa constituye una merma importante en los derechos constitucionales establecidos a favor de los partidos políticos, por lo que la Ley local debía ser interpretada de forma armónica con lo dispuesto en la Constitución Federal y en la Ley General de Partidos Políticos.
Además, los derechos de los partidos políticos, como es el de recibir financiamiento para sus actividades ordinarias, no está sujeto a una acreditación específica para el proceso electoral, por lo cual es necesario garantizar que tengan los medios para cumplir sus funciones, entre ellas, la de promover la participación del pueblo en la vida democrática del país, y para ese fin no es obligatorio el desarrollo de una elección.
Ahora, la decisión del órgano jurisdiccional federal es correcta, pues la Constitución es clara cuando señala que los partidos políticos nacionales podrán participar en las elecciones locales, por lo que una vez que obtuvieron el registro por parte del Instituto Nacional Electoral, en julio del año pasado, MORENA y Humanista ya tenían garantizados sus derechos y atender sus obligaciones ante los organismos públicos locales; en tanto que si bien deben formalizar su ingreso a los institutos, éste es casi automático.
Tal es el caso en Hidalgo, que a partir de agosto de 2014, los 3 partidos nacionales de reciente creación reciben prerrogativas del Instituto Estatal Electoral, pese a no desarrollarse proceso comicial local, mismo que será en 2016, para renovar el Congreso local y los 84 ayuntamientos, ya con las reglas publicadas en el Periódico Oficial del Estado, el 22 de diciembre del año inmediato anterior, y que por cierto, el nuevo Código Electoral local aún no aparece publicado en el Instituto Electoral ni en el Tribunal Electoral.
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