Economía de la Cultura
PACHUCA, Hgo., 17 de febrero de 2026.- Recuerdo un congreso jurídico al que asistí en 2007 en la ciudad de Puebla. Siendo un joven estudiante de jurisprudencia, el título del evento, “Estado de Derecho”, me parecía una oportunidad para aprender algo nuevo que no habían profundizado en mi universidad, la Autónoma de Hidalgo. Allí escuché a los conferencistas hablar del contrato social de Rousseau, de cómo todos los seres humanos somos libres por naturaleza pero cedemos parte de nuestras libertades a un Estado que se encarga de brindarnos seguridad, educación, salud y justicia entre otras cosas. También escuché debatir si México vivía o no bajo un auténtico Estado de Derecho. De todas las ponencias, una idea quedó grabada en mi mente: la que nos obliga a preguntarnos si la aplicación estricta de la norma es siempre sinónimo de justicia.
Hoy, esa pregunta resuena con más fuerza que nunca en los pasillos de juzgados, universidades y foros nacionales. La polémica en torno a la prisión preventiva oficiosa en México se ha convertido en el epicentro de este debate, exponiendo una profunda tensión entre la soberanía nacional y el respeto a los derechos humanos fundamentales.
La lección más contundente sobre esta disyuntiva proviene de las cenizas de la Segunda Guerra Mundial. En los juicios de Núremberg, un tribunal fue creado especialmente para juzgar los crímenes del régimen nazi. Entre los acusados no solo había militares, sino también jueces que habían impartido "justicia" bajo las leyes nacionalsocialistas. Su defensa fue tan simple como escalofriante: argumentaron que no eran culpables de ningún crimen , pues sus resoluciones siempre estuvieron apegadas a derecho; ellos solo habían hecho respetar la ley vigente. Este argumento demostró al mundo que actuar dentro de un marco legal no es suficiente. Para que exista un auténtico Estado de Derecho, las leyes deben, ante todo, salvaguardar los derechos fundamentales de las personas.
Haciendo una analogía con la situación actual en México, nuestros jueces aplican un marco normativo que, tanto en la Constitución como en el Código Nacional de Procedimientos Penales, contempla la prisión preventiva oficiosa. Esta figura implica que una persona acusada de ciertos delitos debe pasar todo su proceso en la cárcel, sin que se haya demostrado su culpabilidad. Si al final es declarada inocente, el tiempo que pasó privada de su libertad es un daño irreparable que nadie compensa.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha sido clara: esta figura jurídica es una pena anticipada que viola la presunción de inocencia y ha solicitado reiteradamente al Estado Mexicano eliminarla. El conflicto surge cuando esta exigencia internacional choca con la soberanía nacional. Reformas constitucionales realizadas en el sexenio pasado establecieron que los tratados internacionales son obligatorios, siempre y cuando no contradigan a la Constitución. En la práctica, esto consagra una supremacía constitucional que permite mantener medidas legales como la prisión preventiva oficiosa, a pesar de ser declaradas inconvencionales.
Durante un tiempo, el Poder Judicial de la Federación encontró una vía para proteger los derechos humanos. Amparados en una jurisprudencia que permitía la suspensión con efectos restitutorios, muchos jueces de amparo comenzaron a otorgar la libertad a personas sujetas a esta medida, argumentando la primacía de los derechos humanos.
Sin embargo, la respuesta del poder político no tardó en llegar. El 16 de octubre de 2025, los legisladores asestaron un golpe directo a esta vía judicial, reformando el artículo 166, fracción I, de la Ley de Amparo, con lo cual cerraron el paso a la suspensión con efectos restitutorios en estos casos. Desde ese momento, la orden es clara: toda persona vinculada por un delito que amerite prisión preventiva oficiosa debe seguir su proceso en la cárcel.
Al igual que los jueces alemanes de la posguerra, nuestros juzgadores hoy aplican la ley. No actúan fuera de ella. Pero, ¿es esto suficiente? Cuando el andamiaje legal se utiliza para anular garantías procesales y derechos humanos fundamentales, el Estado de Derecho se desvanece y se convierte en una figura decorativa. La pregunta que me hice como estudiante en Puebla sigue vigente: ¿estamos construyendo un sistema de justicia o simplemente un complejo aparato de legalidad que ha olvidado su propósito fundamental?
Todo esto me hace recordar la frase atribuida a Benito Juárez: “A mis amigos, justicia y gracia; a mis enemigos, la ley a secas”.
Las opiniones y conclusiones expresadas en el artículo son de exclusiva responsabilidad del autor y no necesariamente reflejan la posición de Quadratín.