Ráfagas: ¿Malos manejos en la Comisión de Búsqueda de Personas?
Es posible que los ciudadanos podamos atestiguar hoy una de las mayores tragedias del Estado mexiano.
La tragedia de ver sometido al Poder Judicial y, sobre todo, a la Suprema Corte de Justicia, a manos de un dictador que –sin freno y sin límite–, utiliza la ley y la justicia a su arbitrio y para sus fines dictatoriales y vengativos.
Un tirano que a los ojos del mundo amenaza a medios, periodistas, jueces, ministros de La Corte y legisladores, con aplastarlos con todo el peso del Estado, si no se someten a sus caprichos.
Un tirano que amedrenta a los mexicanos con cancelar derechos fundamentales pero, sobre todo, el mas preciado don de la vida humana, la libertad a quienes se oponen a sus delirios.
Por eso hoy empezamos con una pincelada del más famoso de los clásicos; El Quijote.
“La libertad Sancho, es uno de los más preciosos dones que a los hombres dieron los cielos; con ella no pueden igualarse los tesoros que encierra la tierra ni el mar encubre; por la libertad así como la honra se puede y debe aventurar la vida”.
Y es que la Suprema Corte, en sesión programada para ayer lunes 5 de septiembre del 2022, debió resolver si la Constitución viola los tratados internacionales y la privación de la libertad de los presuntos responables vinculados a proceso, mediante la medida cautelar calificada como “prisión preventiva justificada”, conocida también como Prisión Preventiva Oficiosa.
Una libertad idéntica a la que El Quijote consideró como “el bien o don más precioso” del hombre.
Sin embargo, los ministros de la Suprema Corte se negaron a entrar al corazón del problema de la “Prision Preventiva Oficiosa” o justificada.
¿Y Por qué el miedo al tema central?
Porque la violación constitucional de origen –y la materia central del debate de los ministros que ganan casi un millón de pesos mensuales–, es interpretar y evitar las violaciones a la Carta Magna.
Y, en efecto, los ministros parecen ignorar que la violación a la Norma Fundamenal del Estado mexicano no es de hoy y tampoco producto del populismo de López Obrador.
Por eso, respecto a la «prisión preventiva justificada” u “oficiosa” es necesarios precisar que el 18 de junio de 2018 fue adicionado el segundo párrafo del artículo 19 Constitucional, que establece lo siguiente:
«El Ministerio Público sólo podrá solicitar al juez la prisión preventiva cuando otras medidas cautelares no sean suficientes para garantizar la comparecencia del imputado en el juicio, el desarrollo de la investigación, la protección de la víctima, de los testigos o de la comunidad, así como cuando el imputado esté siendo procesado o haya sido sentenciado previamente por la comisión de un delito doloso…”
Lo cierto es que la mostruosidad jurídica y violatoria de los derechos humanos aprobada aquel 18 de junio de 2018 provocó que en abril y mayo del mismo año se llevaran a cabo debates públicos con la participaron de especialistas como Ricardo Ojeda Bohórquez –que en su calidad de moderador sentenció–: «toda la estructura del segundo párrafo del artículo 19 Constitucional está incorrecta, deficiente y contradictoria”.
Más aún, el mismo segundo párrafo del 19 Constitucional fue adicionado el 19 de febrero de 2021 y se incluyeron más delitos para aplicar la llamada “prisión preventiva oficiosa”.
Respecto de esa nueva reforma, el jurista Sergio García Ramírez –en su colaboración para la revista Siempre, titulada: «De nuevo, garrote penal como instrumento de gobierno”, señaló lo siguiente:
«Las reformas constitucionales de 2021 salieron adelante a despecho de las objeciones de algunos legisladores y muchos organismos de la sociedad civil, acompañados de académicos y especialistas.”
Pero lo verdaderamente preocupante del tema es que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos define “la libertad” de los ciudadanos como una disposición fundamental de la Carta Magna, lo que parecen ignorar los ministros de la Corte.
Es decir, “los derechos del hombre”, llamados “derechos humanos”, son el pilar y la razón de ser del Estado mexicano y, en consecuencia, todas las leyes y las autoridades deben estar obligadas a respetar taels derechos, pero sobre todo la libertad de los ciudadanos.
Y es que en la Constitución, los derechos humanos son derechos sustantivos; inherentes al hombre y a su libertad, dignidad, igualdad, libre expresión y determinación; libertades y derechos que deben reconocer los ordenamientos jurídicos a nivel nacional e internacional.
Sí, los derechos humanos que hoy regatean los lacayos ministros de La Corte a los ciudadanos no solo son derechos humanos fundamentales sino facultades y prerrogativas propias del ser humano; que por su propia naturaleza le corresponden al ciudadano; por el sólo hecho de pertenecer a la raza humana.
Y en el extremo, los derechos humanos constituyen los límites a los que debe sujetarse el ejercicio del poder del Estado.
Por eso, más allá de que los ministros de La Corte quieran confundir con sus peroratas y sus compromisos inconfesables con el poder presidencial, lo cierto es que cuando se niegan a expulsar de la Constituciòn la Prisión Preventiva Oficiosa, en realida están traicionando al pueblo si no, sobre todo, las libertades ciudadanas.
Y el presidente mexicano puede decir misa y pretender engañar a muchos durante mucho tiempo. Pero lo cierto es que ni López Obrador, ni Arturo Saldivar, ni los lacayos ministro de La Corte engañaran a todos todo el tiempo.
Tarde o remprano la mayoría de mexicanos entenderán que la violación Constitucional que cancela sus derechos humanos –a través de la grosera Prisión Preventiva Oficiosa–, es una aberración jurídica que se niegan a ver los serviles ministros de La Corte afines a López Obrador y que son los verdaderos traidores al pueblo y a la Patria. Al tiempo.
Las opiniones y conclusiones expresadas en el artículo son de exclusiva responsabilidad del autor y no necesariamente reflejan la posición de Quadratín.