Ráfagas: Chapulineo partidista
PACHUCA, Hgo., 18 de agosto de 2026.- La motocicleta dejó de ser un vehículo de aventura en México para convertirse en el principal medio de transporte motorizado del país. Lo que comenzó como una alternativa económica, hoy representa un desafío complejo para el Derecho: regular la movilidad, la seguridad vial y la seguridad pública. La norma no ha crecido al ritmo del fenómeno.
En el año 2000 se comercializaron aproximadamente 30 mil motocicletas en el territorio nacional. La gran mayoría era de menos de 300 centímetros cúbicos y solo el 8% correspondía a motocicletas de alta gama. Las marcas dominantes eran Honda y Yamaha en el segmento bajo, y BMW, Harley-Davidson y Yamaha en el segmento alto. Hace un cuarto de siglo, la preferencia social era el automóvil, los costos de combustible eran relativamente bajos y, de acuerdo con el INEGI, el parque vehicular registrado de motocicletas era de 293,924 unidades.
Para 2025, las cifras cambiaron radicalmente. Se estima que se vendieron 1.8 millones de motocicletas, superando la venta de automóviles nuevos. Las marcas más vendidas fueron Italika, Vento y Bajaj, que desplazaron a las marcas tradicionales de prestigio como Yamaha y Harley-Davidson. México pasó de tener un parque accesorio a uno masivo.
El incremento no es casual. Jurídica y sociológicamente responde a varios factores:
a) Facilidad de adquisición mediante crédito en tiendas departamentales originalmente dedicadas a electrodomésticos, sin una exigencia efectiva de licencia específica para motociclista.
b) El incremento sostenido del precio de la gasolina, que asfixia a las clases baja y media, pese a las promesas de campaña de reducirlo.
c) La eficiencia de la motocicleta frente al congestionamiento vial en las grandes metrópolis.
d) La explosión del modelo de reparto por aplicación.
e) Y un factor que no puede ignorarse: la facilidad con la que este vehículo puede ser utilizado para la comisión de ilícitos.
Conducir una motocicleta no es solo adrenalina y ahorro de tiempo; es un acto jurídico que implica responsabilidad, respeto a las normas de tránsito y a los derechos de terceros. Sin embargo, es común observar conductas que vulneran el Reglamento de Tránsito de forma cotidiana: invasión de carriles, desprecio a los señalamientos viales, circulación en sentido contrario, sobrecupo y, lo más grave, la omisión del uso de casco de seguridad.
Este descontrol ha sido aprovechado por la delincuencia. La motocicleta es utilizada para "halconear", para la venta de droga, para cometer asaltos y secuestros. Como vimos hace unos días en medios de comunicación, el influencer César Gastélum, "Cesarín", fue asesinado a balazos durante una transmisión en vivo por dos sujetos a bordo de una motocicleta. Estas escenas son cada vez más frecuentes en el país, más allá de las cifras oficiales de homicidios. Quienes hemos trabajado en el ámbito de la procuración de justicia conocemos cómo, por instrucción, las cifras pueden maquillarse para incrementar o disminuir la incidencia delictiva.
El problema es estructural. Contamos con una reglamentación vehicular desactualizada, concebida cuando la movilidad en motocicleta era escasa. Políticamente, regular con rigor a los motociclistas se percibe como un costo electoral, pues representan un volumen importante de votantes. Pero los gobernantes olvidan un principio básico del Derecho Público, no están en el cargo para ser populares, sino para garantizar la seguridad y el orden, aun cuando las medidas no sean políticamente redituables.
De acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), en 2025 se registraron más de seis mil fallecimientos de motociclistas y 95,937 accidentes en los que se vieron involucradas motocicletas, lo que representa un incremento del 11.4% respecto a 2024.
No son solo números. Son vidas perdidas por la combinación de tres factores: la falta de pericia, la ausencia de equipo de protección y la inobservancia de la ley.
La solución no radica en que las autoridades se deslinden argumentando que no es de su competencia. La Ley General de Movilidad y Seguridad Vial de 2022 obliga a la armonización nacional. Es imperativo actualizar los reglamentos de tránsito a nivel municipal, estatal y federal, pero sobre todo, hacer respetar la normatividad vigente bajo el principio de legalidad.
Como política de prevención, se proponen las siguientes medidas mínimas de reforma reglamentaria:
El punto más importante no es crear nuevas normas, sino cumplir y hacer cumplir las existentes. Esto cobra especial relevancia frente al lamentable hecho ocurrido el 16 de julio de 2026 en Tulum, Quintana Roo, donde públicamente la Presidenta de la República instruyó al comisionado nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp), Pedro Álvarez Icaza Longoria, con la frase textual: "no cumplas con la norma".
Es una frase vergonzosa viniendo de quien debe ser garante del Estado de derecho. En un sistema jurídico, si una norma es obsoleta, se deroga o se modifica mediante el procedimiento legislativo correspondiente. Lo que nunca puede hacer la autoridad es ordenar su incumplimiento. Esa lógica destruye el principio de legalidad consagrado en los artículos 14 y 16 constitucionales.
Parafraseando la célebre frase atribuida al presidente Porfirio Díaz, hoy podríamos decir: "Pobre México, tan lejos de Dios y en manos de MORENA".
Las opiniones y conclusiones expresadas en el artículo son de exclusiva responsabilidad del autor y no necesariamente reflejan la posición de Quadratín.