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PACHUCA, Hgo., 22 de enero de 2018.- En una semana, el Tribunal Electoral de Hidalgo (TEH) estableció dos precedentes importantes en materia de justicia electoral indígena: la traducción de dos sentencias a dos lenguas indígenas en sesión pública, y la orden a los partidos políticos y coaliciones de postular candidaturas indígenas en tres distritos locales, a fin de garantizar que, sin importar la fuerza política que obtenga los triunfos en esas demarcaciones, dicha población será representada en el Congreso local por legisladores o legisladoras indígenas.
Respecto a la traducción de las sentencias, las magistradas y los magistrados del TEH compartieron la sesión con los intérpretes a fin de que, en tiempo real, los interesados pudieran ver y escuchar la decisión del Pleno.
En efecto, el pasado 11 de enero del año en curso, al resolverse el expediente TEEH-JDC-063/2017, derivado del juicio para la protección de los derechos político-electorales promovido por Roberta Trejo Pablo y otros, en contra de la Comisión Jurisdiccional del Partido de la Revolución Democrática, los interpretes certificados Andrés López Pérez y Carlos Bautista de La Cruz, adscritos a la Comisión Estatal para el Desarrollo Sostenible de los Pueblos Indígenas de Hidalgo, llevaron a cabo la lectura de la sentencia redactada en español, traduciéndola a las lenguas Hñähñu y Náhuatl, en un hecho sin antecedente en la impartición de justicia electoral hidalguense.
El acto es muy loable en razón de que significa un paso importante en el camino largo y complicado que ha sido la justicia para la población indígena, acompañando los criterios y acciones que ha emprendido la jurisprudencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Respecto a las candidaturas indígenas, de acuerdo con la Sala Superior del TEPJF[1], las acciones afirmativas son medidas especiales de carácter temporal que se adoptan para generar igualdad y no se considerarán discriminatorias siempre que sean razonables, proporcionales y objetivas; que establecer un trato diferenciado entre géneros con el objeto de revertir la desigualdad existente, compensan los derechos del grupo de población en desventaja, al limitar los del aventajado. En esta ocasión, como lo adelantaba, en materia de población indígena hidalguense.
En los recientes 4 años, el Instituto Nacional Electoral ha emprendido por lo menos 2 acciones afirmativas en favor de las mujeres y población indígena: en 2015, determinó que, a nivel federal y local, los partidos y coaliciones podrían registrar fórmula encabezadas por hombre, y mujer como suplente, pero no viceversa. Dicha acción iba encaminada a favorecer que las mujeres tuviesen otra posibilidad de acceder al poder.
Al ser impugnada esa decisión, la Sala Superior revocó esa acción, al considerar que el INE extralimitó sus funciones reglamentarias, violó la reserva de ley y el federalismo, pues no tiene la facultad de imponer reglas a las entidades federativas; sin embargo, la autoridad jurisdiccional no tuvo la oportunidad de revisar dicha acción afirmativa.
En 2017, el INE volvió a emitir un acuerdo[2] por el que emitió reglas de paridad de género y población indígena, relativas al registro de candidaturas dentro del proceso federal actual:
También fue impugnada esa acción afirmativa, pero a diferencia de la anterior, la Sala Superior no revocó, sino modificó en favor de la comunidad indígena, pues aumentó a 13 los distritos en los que se debe postular personas indígenas en el actual proceso electoral para ocupar curules en la Cámara de Diputados[3].
Tocante al proceso comicial local en Hidalgo, el Instituto Estatal Electoral (IEEH) emitió el acuerdo CG/57/2017, mediante el cual determinó que, de los 3 distritos electorales con población indígena, en por lo menos 1 los partidos y coaliciones deberían postular candidaturas indígenas.
Un ciudadano autoadscrito como indígena impugnó la decisión del IEEH por considerarlo insuficiente, en tanto que, si a los partidos se les permitía optar solo por un distrito para postular personas indígenas, no se garantizaba la representación de esa comunidad en el Congreso, pues competiría con candidaturas tradicionales; o bien, si todos los institutos coincidían en el distrito, en los otros 2 no habría legisladores indígenas.
El TEH revocó el acuerdo del IEEH en el sentido de que su intención era loable, pero insuficiente, habida cuenta que el ciudadano demandante tuvo razón al argumentar la falta de representación de la población indígena en la legislatura local.
En la sentencia se señala que el INE, al momento de efectuar la distritación local[4], determinó que de los 18 dieciocho distritos locales, 3 tres fueron considerados como distritos indígenas, cuya representación es del 16.6 % del total de los distritos, mientras que en el supuesto de que de esos distritos indígenas se integraran al Congreso del Estado candidatos ganadores postulados como indígenas previamente, se estaría tan solo contando con una representación del 10% del total de la Legislatura Estatal, respecto del 21.58% que debería corresponder a la población indígena.
Con base en ello, se consolida una acción afirmativa en Hidalgo de cara a la conformación de la próxima legislatura, pues en los 3 distritos locales con mayoría de población indígena: Ixmiquilpan, San Felipe Orizatlán, y Huejutla, los partidos y coaliciones deberán postular personas con adscripción calificada, es decir, deberán acreditar que son indígenas para poder registradas como candidatas o candidatos a la diputación.
En consecuencia, de las 30 curules que integran el Congreso local, 3 serán ocupadas por indígenas; lo cual colocará a Hidalgo como uno de los estados con representación legislativa indígena, misma que no es proporcional a la población estatal, hay que decirlo, pero constituye un gran paso para lograrlo.
Por tanto, la reflexión es ¿hizo bien el TEEH en obligar a los partidos y coaliciones a postular personas indígenas en los 3 distritos locales? En este caso, mi opinión es que sí. Enhorabuena por las magistradas y magistrados del Tribunal Electoral de Hidalgo.
Para comentarios a favor o en contra, les dejo mi cuenta de twitter: @oscarpasquel