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Pachuca, Hgo., 3 de Diciembre del 2015.- La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), resolvió éste miércoles la acción de inconstitucionalidad promovida por la Procuradora General de la República, Arely Gómez González, en contra de algunos artículos de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes aprobados por el Congreso local de Hidalgo.
Esta acción de inconstitucionalidad promovida por la PGR vuelve a poner en entredicho el trabajo de los diputados hidalguenses, y cuestiona la validez de los artículo 13, fracción XX; 67, 68, 139 fracciones III, IV, V, VI y VII y el 140 del citado ordenamiento legal, al considerar que violan la constitución o que la LXII Legislatura y las autoridades locales se exceden en sus atribuciones.
De acuerdo a las últimas reformas hechas a la ley que fue publicada en junio del 2015, los diputados hidalguenses ya han derogado los artículos 67, 140 y las fracciones III, IV, V, Vi y VII del 139, es decir, retiraron lo que ellos mismos habían aprobado un mes antes, lo que dejaría parcialmente sin materia la acción promovida por la titular de la PGR.
Sin embargo quedan vigentes la fracción XX del artículo 13 y el artículo 68, referentes a los derechos de los niños al acceso a las tecnologías de la información y comunicación, así como al contenido de películas, programas de radio y televisión, videos, videojuegos e impresos conforme a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, materia en la cual las autoridades locales no tienen competencia, por lo que la PGR pide se declaren inconstitucionales.
Cuestionado sobre esta nueva pifia cometida por los diputados, el presidente de la Junta de Gobierno del Congreso local, Ernesto Gil Elorduy detalló que será la Corte quien determine si el trabajo que realizó la legislatura estuvo bien hecho o se debe corregir la norma y dijo que acatarán el fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Gil Elorduy indicó que dichos artículos ya fueron derogados, sin embargo esperarán la resolución para saber cómo actuarán.
Cuestionado sobre el por qué se derogaron antes de que la SCJN diera trámite a la acción promovida por la PGR, indicó que en su momento se discutió y analizó el tema en materia con los representantes de los partidos políticos quienes estuvieron de acuerdo en suprimirlos.
“La SCJN es la que tiene la última palabra, no podemos hacer nada hasta saber que se determinó y acatar el fallo” reiteró.
Sobre el recurso de inconformidad que promovió el Partido Acción Nacional (PAN) ante la corte mexicana, contra la reforma al artículo 247 del Código Electoral del Estado, referente a los candados contra aspirantes independientes, y que se dirime en estos días también esperaran el resolutivo.
Calificó como un normalidad que este tipo de situaciones sucedan en las leyes ya que están acciones son un derecho de quienes sienten se han trasgredido sus derechos fundamentales.
De acuerdo al abogado Leodegario Hernández Cortes tras derogarse una ley no existe materia para una acción de inconstitucionalidad sin embargo el legislador debe ser claro del porque de la decisión de suprimir artículos.