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PACHUCA, Hgo., 28 de octubre de 2014.- Tras analizar minuciosamente el reglamento de la Ley de Protección a Personas Defensoras de Derechos Humanos y de Salvaguarda de los Derechos para el Ejercicio del Periodismo del estado de Hidalgo, la organización de derechos humanos Artículo 19 consideró que algunos artículos de esta norma «representan un abuso de poder legítimo de las autoridades hacia los periodistas».
De acuerdo a la organización que promueve y protege la libertad de expresión, de enero a septiembre de este año se han documentado 222 agresiones a la prensa mexicana, de esas en el 42 por ciento el responsable es un funcionario público; el 17 por ciento un particular y 27 por ciento se desconoce al atacante.
En su análisis mencionó que el artículo cinco del anteproyecto del reglamento de la ley hidalguense, se hace referencia a quienes integrarán la junta de gobierno, órgano principal de toma de decisiones de la denominada Comisión Estatal de Protección a Defensoras de Derechos Humanos, Periodistas y Colaboradoras Periodísticas, y en su fracción VI precisa que en ese órgano debe haber un representante del Gremio de Periodistas acreditados en el Estado.
La organización detalla que el tema de la acreditación resulta relevante y preocupante en el actual contexto del ejercicio periodístico, ya que puede llevar a restringirlo de manera ilegítima.
“El requisito de acreditación constituye un límite al derecho de acceso a la información en todas sus vertientes, como lo es buscar y recibir todo tipo de informaciones e ideas, lo cual además, se encuentra incluido en el derecho a la libertad de expresión”.
Puntualiza que los programas de acreditación pueden constituir una fuente de abuso por parte de las autoridades, pues éstas podrían negar en algún momento dar acreditación a periodistas que, sigan una línea crítica al gobierno, o que simplemente exijan acreditación en casos donde no haya situaciones o impedimentos auténticos, situación que restringiría el derecho de acceso a la información.
«Es preocupante la exigencia de acreditación para formar parte de un órgano vital dentro de la Comisión Estatal de Protección, que está destinado a tomar las decisiones más importantes en cuanto a medidas de protección a personas defensoras de derechos humanos y periodistas, señala la organización».
Así mismo en este anteproyecto se omite la posibilidad de interponer recursos en cuanto a la deficiencia en la implementación de las medidas de protección a periodistas o en casos de negligencia, así como frente al rechazo u omisión por parte de las autoridades.
Las medidas que se proponen para la protección a periodistas y defensores de derechos humanos se observan confusas, “se prevén cursos o manuales de protección, entre otros… este tipo de medidas no son las adecuadas ni pertinentes para afrontar riesgos, con la finalidad de proteger la vida e integridad de las personas beneficiarias de medidas”.
En su análisis la organización menciona que las medidas de protección que son efectivas para dicha situación, y que no son de carácter urgente, pueden consistir en entrega de telefonía celular o satelital; vigilancia a través de rondines policíacos; instalación física de sistemas que refuercen la seguridad.