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PACHUCA, Hgo., a 14 de febrero de 2020.- Por incurrir en actos anticipados de campaña y precampaña, Eduardo Ogando Mouriño, aspirante a precandidato y candidato a la presidencia municipal de Tula de Allende, recibió amonestación pública por parte del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) en sesión del pleno llevada a cabo esta tarde.
Luego de que el militante del Partido Revolucionario Institucional publicara en sus redes sociales diversas afirmaciones que anunciaron su aspiración política para la contienda electoral próxima, el partido Movimiento de Regeneración Nacional interpuso un escrito de queja que derivó en medio de impugnación para el procedimiento especial sancionador con número de expediente TEEH-PES-002/2020.
En su defensa, Ogando Mouriño señaló que las propuestas publicadas en sus redes fueron realizadas en ejercicio de su derecho a la libertad de expresión y como parte de la asociación civil Tula somos Todos, la cual preside, y que las propuestas no forman parte del instituto político en el que milita.
Mientras tanto, el PRI se deslindó de las acciones al señalar que su militante con cuenta con el consentimiento para realizar actos o expresiones que parezcan actos anticipados de campaña y precampaña.
Sin embargo, el pleno del TEEH coincidió en declarar existente la conducta denunciada, pues las publicaciones violan el principio de equidad en la contienda electoral, ya que tienen la finalidad de posicionar la candidatura de Ogando Mouriño y obtener votos o apoyo de militantes y ciudadanos beneficiándose de manera anticipada a las campañas y precampañas electorales.
En su perfil personal de la red social Facebook, Eduardo Ogando publica todos los días lo que podrían considerarse propuestas al respecto de temas de importancia para la población tulense, lo cual ha realizado fuera de los periodos de precampaña y campaña establecidos en el proceso electoral en marcha.
El Tribunal calificó por unanimidad el hecho como una “conducta grave ordinaria”, por lo que se impuso como sanción una amonestación pública por haber violado la normativa electoral, además de que se ordenó el retiro de las publicaciones señaladas hasta en tanto no obtenga la calidad de precandidato o candidato y se encuentre en la temporalidad y términos referidos por la ley.
En voz del magistrado Alberto Cruz, en respuesta a lo expuesto en el expediente por la magistrada Mónica Mixtega, señaló que la libertad de expresión tiene limitantes en la contienda electoral, las cuales consisten en no romper los principios de la misma adelantándose dejando en desventaja al resto de los aspirantes.
Asimismo, aclaró que la precampaña está dirigida al interior del partido o a los militantes, no al público en general, por lo que al hacer públicas sus propuestas en redes sociales, el denunciado se extiende de una precampaña a una campaña.
Con la amonestación pública el tribunal pretende crear conciencia sobre la conducta realizada a e inhibirla.