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PACHUCA Hgo, a 21 de mayo 2019.- Aquellos padres que incumplan con la pensión alimenticia de sus hijos, podrían ser sancionados con la prisión, o al menos esta es la propuesta que presentó en tribuna la diputada priista Adela Pérez Espinoza, para reformar el código penal y de procedimientos familiares del estado.
Pérez explicó que esta iniciativa establece “que el incumplimiento en el que incurre el deudor alimenticio puede ser total o parcial, estableciendo de esta manera la homogeneidad del grado de incumplimiento cometido en agravio de los acreedores alimenticios (hijos)”.
“Se propone la reforma del Artículo 454 del Código de Procedimientos Familiares para el Estado de Hidalgo con la finalidad de otorgarles la misma calidad de hijos a los procreados con él o la cónyuge o con persona distinta, evitando así la prelación (prioridad) entre hijos del deudor”, detalla la propuesta de la priista.
Señaló que, de acuerdo con datos de la Procuraduría General de Justicia del estado, en el periodo 2018 – 2019, en Hidalgo se iniciaron 714 carpetas de investigación por el delito de incumplimiento de las obligaciones alimentarias, de las cuales se judicializaron 75 y se vincularon a proceso a 36 imputados.
Añadió que en lo que va del 2019 “en Hidalgo se han iniciado 174 carpetas de investigación por el delito de incumplimiento de las obligaciones alimentarias, de las cuales se han judicializado 12 y se han vinculado a proceso a seis imputados.
Mientras que en la huasteca, “en 2018 se iniciaron 65 carpetas de investigación por el delito de incumplimiento de las obligaciones alimentarias, de las cuáles se judicializaron ocho y se vincularon a proceso a seis imputados”.
“De un total de 888 carpetas de investigación, iniciadas en el periodo 2018 – 2019, se han vinculado a proceso únicamente a 42 imputados, lo que representa tan solo el 4.7%”, señaló Pérez Espinoza.
“Esto atenta directamente sobre los intereses de nuestras niñas, niños y adolescentes con derechos a recibir alimentos, lo que los coloca en una situación de vulnerabilidad”, redondeó al tiempo que apuntó, que al que incumpla de forma parcial o total con su obligación de dar alimentos a las personas que tienen derecho a recibirlos, se le impondrá prisión de tres a cinco años y multa de 100 a 400 días, además suspensión o pérdida de los derechos de familia en relación con el ofendido”.
Al mismo tiempo, se propone que “en caso de que se presenten varios acreedores alimentistas demandando pensión a un solo deudor, tendrán preferencia los hijos sobre los demás acreedores”, finalizó.
La iniciativa de Adela Pérez Espinoza se turnó a la comisión de legislación y puntos constitucionales para su estudio y dictamen.