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PACHUCA, Hgo., 24 de junio de 2024.- El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), interpuso una acción de inconstitucionalidad, en contra de la reforma a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Hidalgo.
Esta acción interpuesta ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), va en contra específicamente, al artículo 69 fracción VII de la mencionada Ley estatal, por considerar que se vulnera el derecho de acceso a la información a fuentes de acceso público derivadas de obligaciones de transparencia y el derecho a la protección de los datos personales.
La fracción VII de dicho artículo se refiere al directorio de servidores públicos a partir del nivel de jefe de departamento o su equivalente y en la reforma que se publicó el pasado 3 de mayo en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, se agregó que en dicho directorio se incluiría la fotografía del servidor público, previa autorización del mismo.
Sin embargo, el INAI consideró que hay una violación a los derechos en materia de protección de datos personales, al solicitar que se incluyan fotografías de los servidores públicos y que estos deban otorgar su autorización.
Por ello, solicitaron la acción de inconstitucionalidad para declarar la invalidez de la norma impugnada, por contravenir, de manera destacada, el derecho de acceso a la información y la protección de datos personales, al considerar que el que sea el servidor público el que decida si se hace del conocimiento público su fotografía, en tanto que información pública, sin considerar los parámetros que dispone la norma fundamental para restringir la publicidad de la información, entre otros, atentan en contra de derechos y principios contenidos en la norma fundamental.
El documento del INAI señala que el ejercicio del derecho humano de acceso a la información no puede depender de la voluntad de una persona, de ahí que la reforma sea inconstitucional porque supedita el ejercicio del derecho de acceso a la información a la decisión de un servidor público, sin seguir el parámetro que establece la Constitución, para darle publicidad a la información pública.