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PACHUCA, Hgo. a 4 de febrero de 2020.- Es inviable la desaparición o supresión de las figuras de delegados y subdelegados municipales, ya que éstas son la representación de los ciudadanos ante las autoridades locales, consideró la presidenta de la Junta de Gobierno del Congreso de Hidalgo, María Luisa Pérez Perusquía.
En su opinión ante el cuestionamiento de la pretensión del ayuntamiento de Cuautepec de Hinojosa de eliminar la operación de delegaciones y subdelegaciones al no etiquetárseles recursos bajo el presupuesto 2020, la diputada local lo consideró no factible.
Expuso que los ciudadanos de una localidad eligen a su representante, quien hace las funciones de representación del colectivo, por lo cual es importante que esa figura exista.
Abundó que una de las facultades que se tiene dentro de las diversas colonias y puntos de un municipio, es bajo el esquema de organización vecinal, ellos cuentan con sus representantes, por lo cual los delegado y subdelegados son estas instancias de acercamiento con el ayuntamiento, además de que a estos se les elige bajo la figura de elecciones.
Apuntó que dentro de lo que conoce, los ayuntamientos no tienen esta facultad de eliminar estas figuras de representatividad ciudadana o de servidores públicos auxiliares, como catalogó el TEEH para el caso de Cuautepec de Hinojosa.
De acuerdo con el ayuntamiento en mención, el cual no ha acatado las resoluciones del órgano jurisdiccional en materia electoral de la entidad, le respondió a esta instancia asentado en el expediente TEEH-JDC-002/2020 la posibilidad de suprimir estas figuras de representación vecinal.
“En el ámbito de sus atribuciones constitucionales (del municipio) referentes a la libertad del manejo hacendario y patrimonial, no se presupuestó para el ejercicio fiscal dos mil veinte recurso económico para la operación de las delegaciones y subdelegaciones, por lo que dispone la eliminación de las mismas”, resalta el párrafo del argumento vertido al TEEH.
A su vez, en otro punto del expediente, manifiesta la autoridad responsable lo siguiente: “Para el ejercicio fiscal 2020 cesen las actividades de las delegaciones y subdelegaciones municipales salvo en el caso de las que fueron materia de la sentencia emitida por la autoridad judicial electoral en el expediente referido, no obstante, éstas cesarán en sus actividades una vez que las personas que actualmente ocupan el cargo de delegados y subdelegados concluyan su periodo, esto es, el último día del mes de agosto del presente año.”
Cabe destacar que entre las atribuciones de los municipios se fundamenta su autonomía bajo la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos, sin embargo en la Carta Marga, ni en la Ley Orgánica Municipal del estado de Hidalgo, y tampoco en el Reglamento para la elección de delegados y subdelegados de Cuautepec de Hinojosa señala la facultad de eliminación de este tipo de cargos de elección entre los ciudadanos de colonias o fraccionamientos dentro del municipio.