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PACHUCA, Hgo. a 14 de noviembre 2019.- A prácticamente un mes para que inicie en Hidalgo el proceso electoral para la renovación de las alcaldías, el Congreso de Hidalgo tiene la obligación de legislar para que las personas con discapacidad tengan las garantías de ser postuladas como candidatos y que puedan a su vez poseer los mecanismos para el correcto ejercicio de su voto.
Lo anterior lo determinó la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), quien, de manera unánime, los integrantes de este órgano jurisdiccional votaron a favor del expediente SUP-JDC-1282/2019 para que se adecuen las leyes locales en materia electoral a este sector de la población.
Dicha decisión del TEPJF revocó la antes tomada por el Tribunal Estatal Electoral de Hidalgo (TEEH), quien en su momento señaló que el Poder Legislativo local no incurrió en omisiones sobre la materia, esto cuando un ciudadano impugnó estas condiciones.
La medida incluyente obliga que a pocos días de que comience el proceso electoral en Hidalgo para la renovación de los 84 municipios, a que aplique las reformas necesarias y que las personas con discapacidad sean garantes de estos derechos antes de que inicie dicho proceso, es decir, antes del 15 de diciembre próximo.
Se precisa en la sentencia que en caso de que el Congreso no legisle, el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) queda vinculado a diseñar los lineamientos respectivos, a partir de consulta prevista en la Convención de la ONU, y expedirlos 90 días antes del inicio de dicho proceso electoral.
Con ese propósito, tanto el Congreso local, como el Consejo General del Instituto Electoral de Hidalgo y las autoridades correspondientes, deberán asegurarse de que las personas con discapacidad que sean electas para cargos públicos cuenten con todo lo necesario para ejercer su mandato de modo plenamente accesible.
La determinación que da razón al impugnante, radica en que diversos instrumentos internacionales, deriva la obligación del Estado mexicano de adoptar todas las medidas necesarias para asegurar a las personas con discapacidad el ejercicio de sus derechos político-electorales, así como el derecho a la participación, de manera efectiva y en condiciones de igualdad, a través de acciones afirmativas.