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PACHUCA, Hgo., 29 de noviembre del 2021.- La fracción de Morena en el Congreso de Hidalgo busca colocar en el rango constitucional que deudores alimenticios, o responsables de actos de violencia contra las mujeres o violencia familiar no puedan ser candidatos a puestos de elección popular, además de crear un padrón de estos personajes por parte de las autoridades electorales y jurisdiccionales.
En sesión del Congreso estatal, la diputada Lisset Marcelino Tovar subió a tribuna una iniciativa para integrar un artículo a la Constitución Política del Estado de Hidalgo para evitar que personajes con antecedentes de violencia de género o incumplimiento de obligaciones alimenticias lleguen a disputar puestos de elección popular y no sólo se quede a interpretación o acción del Instituto Estatal Electoral y bajo el Código en la materia.
De tal modo se busca crear el artículo 24 Bis y consecuente, reformar la fracción IV del artículo 31; adición de la fracción VII al artículo 63 y se sume otra adición a la fracción IX al artículo 128 de la Constitución Política del Estado de Hidalgo.
Como propuesta medular, se expone que los hidalguenses deben de tener un modo de vivir honesto, de lo cual “no podrán ser elegibles para contender en las elecciones locales, las y los candidatos de los partidos políticos e independientes que hayan sido encontrados responsables de ejercer violencia contra las mujeres o violencia familiar”.
Además, las y los candidatos de los partidos políticos e independientes que sean deudores de pensión alimenticia, no podrán ser elegibles para contender por algún cargo de elección popular.
Este candado propuesto ahora a rango constitucional, se replica para los casos de elegibilidad a los cargos de diputados, gobernador y/o alcalde de alguno de los 84 municipios.
Igual, bajo la propuesta de reforma a la Constitución estatal, se pide a 3 instancias, el IEEH, el Tribunal Electoral y el Poder Judicial estatal crear y operar el Registro Estatal de Ciudadanas y Ciudadanos Sancionados por Violencia Política en Razón de Género, Familiar y de aquellos que sean Deudores Alimenticios.
Mientras que el Organismo Público Local Electoral determinará según las condiciones del caso, el comportamiento del sujeto responsable y gravedad del caso, si una persona que haya sido encontrada responsable de violencia contra la mujer, violencia familiar o deudor alimenticio, puede ser elegible, acentúa la iniciativa de la diputada de Morena.