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PACHUCA, Hgo., 23 de julio de 2019.- Incrementar la penalidad por conductas de maltrato contra los animales fue la propuesta que lanzó este día la bancada de Morena en Hidalgo, bajo el argumento de mitigar cualquier tipo de maltrato contra estos seres vivos.
En tribuna, la legisladora Noemí Zitle Rivas presentó una propuesta de reforma al Código Penal para el Estado de Hidalgo, así como a la misma ley de protección y trato digno a los animales de la entidad, en donde señaló que en Hidalgo como en el país persiste una conducta de daño a los animales de todo tipo, desde domésticos o ferales (tales como salvajes, en condición de calle), sin que exista un castigo que logré inhibir los actos de los infractores.
En este sentido planteó incrementar las penalidades para quienes maltraten, hieran, u ocasionen la muerte a los animales, además de quienes los utilicen para actos de maltrato, así como para las autoridades que hagan omisión a este tipo de actos.
Dentro de los cambios que se pretende en el Código penal estatal se encuentra en el artículo 349 Decíes, pasar de 15 días a un mes de cárcel para quien dolosamente realice actos de maltrato, crueldad o abandono en contra de animales domésticos o ferales, causándoles lesiones y estas no pongan en riesgo la vida del mismo, a un incremento de 6 meses a dos años de prisión.
Se agrega además que al que cause lesiones que pongan en riesgo la vida del animal se estipule la mitad adicional de la condena que se observa en el párrafo anterior.
Mientras que si estás agresiones causan la muerte a este ser vivo, la penalidad alcance de 2 a 4 años de prisión, en vez de uno a 6 meses como se tiene contemplado actualmente la ley en la entidad.
También se establece en la propuesta cambios en el artículo 349 Duodecíes para aumentar la pena que existe aún de 3 meses a 2 años de prisión a una de 2 a 4 años a quien organice, realice, promueva, anuncie, promocione, difunda, financie, patrocine o presencie, cualquier acto cuyo objetivo sea la pelea de perros, así como a quien permita que se realice en inmuebles de su propiedad o bajo su posesión.
Dentro de la iniciativa no quedan fuera los servidores públicos, ya que bajo lo que se estipula es cualquier persona física o moral, o autoridad, que tenga conocimiento de un acto, hecho u omisión en perjuicio de los animales objeto de tutela de la presente Ley, tiene la obligación de informar a la Procuraduría de la existencia de la falta. Así como la autoridad tiene la obligación de orientar y canalizar las denuncias por maltrato animal, esto en el artículo 24 de la Ley de protección y trato digno a los animales.
Mientras que en el artículo 102 referente a las sanciones, se añade que en el supuesto de que una autoridad o servidor público realice maltrato animal o sea omiso frente a alguna denuncia deberá notificarse al órgano de control interno la falta cometida junto una multa de 50 a 500 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente.