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PACHUCA, HGO, 26 de agosto de 2026.- El magistrado presidente del Tribunal Electoral del Estado (TEEH), Leodegario Hernández Cortez, promovió una excitativa de justicia e impulso procesal ante Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) para que ya resuelva el juicio general que interpuso contra la designación de Jonnathan Pérez Ledezma como titular del Órgano Interno de Control (OIC).
Con fecha del 26 de agosto, notificaron sobre el escrito que remitió el magistrado apenas el pasado día 25 del mencionado mes para formalizar la excitativa de justicia. Este escrito pretende solicitar a un juez o magistrado que dicte una resolución o sentencia que se encuentra retrasada fuera de los plazos legales.
El expediente, SUP-JG-58/2026, en el que el presidente del TEEH controvirtió el nombramiento de Pérez Ledezma, está bajo la ponencia de la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso, quien en los últimos días presentó su renuncia al cargo con efectos al próximo 31 de agosto del 2026, por lo que queda vacante esa posición en el TEPJF.
Como dato relevante, para la sesión programada en esta semana, Sala Superior no contempló en su orden del día la resolución del citado juicio general.
De acuerdo con información del tribunal hidalguense, la promoción del medio de impugnación responde a la obligación institucional de preservar los principios de autonomía técnica, de gestión e independencia que la Constitución Política reconoce a tribunales electorales, indispensables para el ejercicio de la función jurisdiccional y para garantizar que las resoluciones sean imparciales, objetivas y en pleno apego al orden constitucional.
Igualmente, a partir de lo que señalan el artículo 116 de la Constitución Política federal y el 105 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales respecto a que los tribunales electorales locales deben ejercer sus funciones con autonomía técnica y de gestión, libres de cualquier injerencia de otros poderes públicos.
Abundó que la designación de la persona titular del OIC por parte de un poder distinto al órgano jurisdiccional representa una intervención en su organización y funcionamiento interno. Esto compromete las garantías de independencia que la Constitución reconoce a los tribunales electorales. Además, las garantías de independencia que la Constitución reconoce a los tribunales electorales; y que tanto la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) como la Sala Superior sostienen en diversos precedentes que disposiciones de esta naturaleza resultan incompatibles con el principio de autonomía de los tribunales electorales.
Por tanto, su pretensión del TEEH es que Sala Superior deje sin efecto la designación que realizó el Congreso local el pasado 29 de julio del 2026, revocar los actos jurídicos derivados de la misma, asimismo, inaplicar disposiciones de la Constitución Política del Estado y de la legislación local que atribuyen dicha facultad, al estimarse contrarias al orden constitucional federal.