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PACHUCA, Hgo., 6 de Julio de 2017.- Como parte de las acciones legislativas que realiza la LXIII Legislatura del Congreso del Estado de Hidalgo para la construcción del Sistema Estatal Anticorrupción, durante la sesión ordinaria de este jueves se aprobó la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Hidalgo.
La nueva ley tiene por objetivo la fiscalización superior de la gestión financiera de las Entidades Fiscalizadas; la revisión sobre el cumplimiento de los objetivos y metas establecidos en los planes y programas; la verificación respecto del cumplimiento de las disposiciones en materia de disciplina financiera.
El nuevo ordenamiento aprobado determinará los daños y/o perjuicios y la promoción para el finamiento de responsabilidades; las sanciones cuando no se observe lo dispuesto por dicha Ley; los medios de defensa correspondientes.
Además de la organización y atribuciones de la Auditoría Superior; incluyendo aquéllas para conocer, investigar y substanciar la comisión de faltas administrativas que detecte en sus funciones de fiscalización, en términos de esta Ley y de la legislación en materia de responsabilidades administrativas; así como su evaluación, control y vigilancia.
La ley aprobada, propuesta por las y los integrantes de la Junta de Gobierno de la LXIII Legislatura local que preside la diputada María Luisa Pérez Perusquía, sustituye la Ley de la Auditoría Superior del Estado de Hidalgo y se integra de cinco títulos conformando un total de noventa artículos y diez disposiciones transitorias.
En su intervención en tribuna, Pérez Perusquía reconoció que la participación de la sociedad para el combate a la corrupción será fundamental, y que el ordenamiento aprobado, dijo, dará la posibilidad a la realización de auditorías en tiempo real a petición de la ciudadanía que manifieste su necesidad.
“Una de las principales características de esta nueva ley permite la posibilidad de la sociedad de participar con sus observaciones, con la presentación de quejas específicas ya que muchas veces, la ciudadanía cree que la fiscalización no se realiza de una forma adecuada, por ello esta ley abre la puerta a las diferentes expresiones”, puntualizó.
REFORMAN LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO
Para dar continuidad a las modificaciones del marco jurídico de la entidad, también se aprobaron las diversas reformas, adiciones y derogaciones planteadas por la Junta de Gobierno del Congreso local a la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Hidalgo, las cuales, entre otras cosas, dan dos facultades más a la Legislatura de la entidad.
Estas dos facultades de la Junta de Gobierno del Congreso estatal son el proponer al Pleno la convocatoria que contendrá́ el procedimiento para nombrar al Fiscal Especializado en Delitos de Corrupción, basándose en lo dispuesto en los apartados A y C del artículo 92 de la Constitución Política del Estado de Hidalgo.
Además, proponer al Pleno la convocatoria que contendrá́ el procedimiento para constituir la Comisión de Selección, a que hace referencia la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción. También, la Comisión de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental cambia de denominación a Comisión de Transparencia y Anticorrupción.
Asimismo, se establece que el Congreso local está facultado para nombrar, por el voto de las dos terceras partes de las y los diputados presentes a los titulares de los órganos internos de control de los organismos autónomos que ejerzan recursos del Presupuesto de Egresos del Estado de Hidalgo.
También, se fortalecen las atribuciones de la Contraloría Interna del Congreso del Estado, siendo el órgano técnico responsable para evaluar la gestión de los Órganos Técnicos y Administrativos del Congreso del estado, para medir la eficiencia, eficacia, economía y calidad en su desempeño.
REFORMAN LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL PARA EL ESTADO DE HIDALGO
Finalmente, en el andamiaje legal para la puesta en marcha del Sistema Estatal Anticorrupción, integrantes de la Cámara local aprobaron las reformas a la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Hidalgo con las que se establecen el procedimiento y atribuciones de los titulares de los Órganos Internos de Control en los ayuntamientos.
La reforma establece que las y los presidentes municipales deberán presentar ante el Pleno del Ayuntamiento el nombramiento del titular del Órgano Interno de Control. La propuesta será sometida a la aprobación del Ayuntamiento, debiendo ser designado por el voto de cuando menos las dos terceras partes de los integrantes del Ayuntamiento.