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PACHUCA, Hgo., 14 de febrero del 2021.- El gobierno del estado de Hidalgo debe asegurar la reincorporación de un joven con síndrome de Down a clases de natación del Centro Estatal de Alto Rendimiento y subsanar todo tipo de inconvenientes por hechos de discriminación y demás vulneraciones a sus derechos humanos, así como su incorporación al Registro Estatal de Víctimas de Hidalgo, para ser compensado por estas anomalías.
Desde diciembre pasado, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) determinó que existieron actos de discriminación y daño a los derechos a la igualdad, legalidad, seguridad jurídica, cultura física y práctica del deporte contra un menor de edad con discapacidad, ocasionado por instructores y autoridades del Instituto Hidalguense del Deporte (INHIDE) en el CEAR, quienes impidieron prestar el servicio a esta persona.
Esta queja, que data de principios de 2018 y que recientemente tuvo un giro favorable para la víctima, también corrige a la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo, a la cual señala la inadecuada e indebida valoración de las constancias que integraron los expedientes de queja, pues en su momento, éste declaró no existir algún tipo de atropello contra los derechos del menos involucrado.
Dentro del expediente se refiere que la víctima tomaba clases de natación en el CEAR, sin embargo, con el cambio de instructor, se alegó que no se podía recibir al menor, ya que el nuevo encargado no estaba capacitado para atender a personas con discapacidad.
Posteriormente, los padres del menor acudieron con autoridades de este centro, sin embargo, recibieron la misma negativa para que su hijo estuviera en grupo regular de alumnos en natación, puntualizando que “los discapacitados tienen que estar con los discapacitados”, además de expresiones como “si identifican que un niño con Down se encuentra en un grupo para niños regulares (sic), otros van a querer y […] es muy poco lo que se paga en el CEAR para tener una mayor carga de trabajo”, lo cual expone un hecho de discriminación.
Después de estos hechos y emitir la queja ante la CDHEH, fue en agosto de 2019 que esta comisión no acreditó la violación a los derechos humanos, considerando que la remisión de un “grupo de deporte adaptado”, es decir, a uno con personas con discapacidad, fue un ajuste razonable hecho por el INHIDE, decisión que ya fue expuesta por la CNDH como errónea y violatoria de los derechos humanos.
De tal modo, la CNDH concluyó que la medida imposibilitó su integración, convivencia y participación con otros niños y niñas sin discapacidad, pues su valoración se limitó únicamente a considerar la alteración genética del menor como limitante para la práctica de un deporte inclusivo, descartando cualquier otro aspecto inherente a su persona.
En los puntos de la recomendación 81/2020 se exige la reincorporación del menor a las clases de natación en la modalidad inclusiva, sin ningún tipo de repercusiones, malos tratos o limitación para el desarrollo de sus actividades.
Se puntualiza brindar la reparación integral del daño al menor, a fin de que se le inscriba en el Registro Estatal de Víctimas de Hidalgo, que incluya compensación económica, atención médica y psicológica; realizar una disculpa pública al menor, y actuar en consecuencia contra los involucrados de este acto de discriminación, así como garantizar que episodios como este no se repitan en un futuro.