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PACHUCA, Hgo., 14 de julio del 2021.- «Error técnico y una pretensión de transgredir las reglas internas con las cuales se regula el Colegio de Notarios», son parte de las observaciones que externó el Ejecutivo estatal en su acuse de veto a las reformas a la Ley del Notariado del Estado de Hidalgo que se aprobaron en el Congreso local.
Mediante el documento oficial que se entregó al Poder Legislativo el pasado 9 de julio bajo el oficio CEH/036/2021 esta devolución del decreto 723 que contiene reformas a los artículos 23, 24 y 168 de la referida ley, pues expone en la misiva diversos errores al momento de aplicar los cambios.
El primero, bajo el artículo 24 de la Ley del Notariado del Estado de Hidalgo, el gobernador Omar Fayad consideró la reforma como tautológica, es decir, repetida de manera innecesaria, puesto que argumenta que ya hay un capítulo específico que determina la presencia de los notarios adscritos.
“Lo que se pretende reformar se encuentra regulado en el artículo 47, por tal razón, es innecesaria la reforma propuesta”, manifiesta la exposición, al añadir a su vez que se incurrió en un error de técnica legislativa.
En el caso del artículo 168 de la citada ley que se pretende reformar, se menciona que no se deja claro si se suprimen o no los últimos dos párrafos de la misma, pues en el cuerpo de la iniciativa sólo se hace mención del primer párrafo, sin dejar en claro qué ocurre con el cuerpo del artículo restante.
“Para que se considere legalmente reunida y válidas sus decisiones deberán estar presentes la mitad más uno de sus miembros. Tratándose de enajenación de bienes inmuebles deberán estar presentes las dos terceras partes de sus integrantes. Las convocatorias para las asambleas deberán hacerse por el presidente o por acuerdo de la Directiva, mediante comunicación telefónica o por medios electrónicos, mencionando el orden del día, el lugar y la hora de su realización”, son los párrafos que no se determina su presencia en la reforma inicial.
En caso de que se pretendan suprimir los mismos, señala el mandatario Omar Fayad, arroja una falta de certeza legal, pues esto regula lo relacionado al quórum, para la validación en las decisiones del Colegio.
También se propone, que en el primer párrafo del artículo sea la Asamblea de Notarios el órgano supremo de decisiones fundamentales del Colegio, a ella se le atribuye acordar, ratificar o rectificar lo que corresponda para la marcha y desarrollo del mismo, en el cual, todos los Notarios Titulares tendrán voz y voto, de acuerdo con sus estatutos.
“La reforma se considera una limitante a la actividad de dicha persona moral, pues estas asociaciones civiles se rigen únicamente por lo establecido en sus estatutos sociales y en el capítulo especial que las norma en el Código Civil vigente en el Estado de Hidalgo”, precisó.
En conclusión, a dicho artículo 168 a reformar, el ejecutivo puntualiza que ésta transgrede lo establecido en los artículos 2664 y 2665 del Código Civil, esto en virtud de que pretende regular un aspecto que en esencia corresponde al propio Colegio de Notarios al emitir sus propias reglas internas.
De este modo, es como el mandatario estatal corrigió la plana no sólo a los promoventes de dichas iniciativas, sino que a toda la legislatura que aprobó la reforma de ley del notariado que no visualizaron las inconsistencias que ventila en dicho veto.