Recorte federal de 5 mdp afectó presupuestalmente a alcaldía de Tula
ALEJANDRO GÁLVEZ DÍAZ
DIRECTOR GENERAL DE “QUADRATÍN HIDALGO”
P R E S E N T E :
Con fundamento en la “Ley Reglamentaria del Artículo 6° párrafo primero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia del Derecho de Réplica”, el Instituto Estatal Electoral por conducto de su representante legal ejerce el citado derecho de réplica ante el medio de comunicación <<Quadratín Hidalgo>> que usted dirige, en relación con las Columnas <<Radar Político: Sin facultades>> (de fecha 22 de mayo, publicada a las 10:29 horas y firmada por Joel Sánchez Rodríguez) y <<Letras Minadas: Guillermina fracasa como consejera; ahora audita medios>> (de su autoría y publicada el 24 de mayo a las 9:48 horas).
Este organismo especifica las siguientes aclaraciones y solicita sean publicadas en términos de la Ley en comento, por considerar –con base en el artículo 5 de la referida norma- que la crítica periodística de las Columnas en mención contiene información errónea o inexacta, cuya divulgación causa agravio a la imagen y honor de este organismo, así como de las personas aludidas en ella.
Hechos que se desean aclarar
Columna <<Radar Político: Sin facultades>> (de fecha 22 de mayo, publicada a las 10:29 horas y firmada por Joel Sánchez Rodríguez)
<<Constantemente en el ojo del huracán por su siempre errónea interpretación de la ley, el Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH), una vez más vuelve a dar motivo para la crítica, luego de que de manera indebida a través de su secretario ejecutivo Jerónimo Castillo Rodríguez, pretende ahora fiscalizar el trabajo interno de medios de comunicación, violentar el secreto profesional de los periodistas y usurpar funciones de autoridad fiscal que únicamente le corresponden a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHyCP) y al Sistema de Administración Tributaria (SAT).
<<Hace unas semanas el juez de distrito José Rogelio Alanis García, quien es administrador del Centro de Justicia Penal federal en el Estado de Hidalgo, con residencia en Pachuca, pretendió también violar el secreto profesional de los periodistas que trabajan en la agencia de noticias News Hidalgo y hasta amagó con imponer una multa de 100 unidades de medición.
<<Pero el IEEH que preside Guillermina Vázquez Benítez rebasó todo tipo de límites y en una clara muestra de ignorancia de la ley requirió a la agencia de noticias Quadratín Hidalgo en relación a uno de sus trabajos periodísticos, para que explique la finalidad de su realización, la identidad de quienes participaron en la elaboración de un video y cómo obtuvo el mismo el medio de comunicación.
<<No sólo eso, sino que en oficio firmado por el funcionario del IEEH Jerónimo Castillo, pide cuentas a Quadratín acerca de lo erogado en la realización y difusión de su material periodístico, que informe quién lo solicitó, qué recursos se utilizaron y que exhiba –si es que existiera- algún contrato con quien el subordinado de Guillermina Vázquez supone que es un cliente de la agencia de noticias.
<<Resulta preocupante el proceder del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo, que también pide a Quadratín Hidalgo informes en relación al “perfil personal” de Facebook de un ciudadano; no porque tengan razón legal en lo que dicen o hacen, sino porque sabiendo que violentan los derechos que deben acompañar al ejercicio del periodismo, aún así pasan por encima de la ley, se burlan de ella y se mantienen impunes ante ello.
<<El organismo que preside Guillermina Vázquez Benítez ha sido incapaz de transparentar sus finanzas de manera total, pero en cambio en una actitud ridícula exigen a un medio de comunicación que éste lo haga>>.
Columna <<Letras Minadas: Guillermina fracasa como consejera; ahora audita medios>> (autoría de Alejandro Gálvez, publicada el 24 de mayo a las 9:48 horas).
<<En días pasados llegó a mi oficina un escrito firmado por Jerónimo Castillo Rodríguez, secretario ejecutivo del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo, solicitando a Quadratín una serie de peticiones, entre ellas, informar sobre los convenios económicos que esta agencia de noticias tiene con sus clientes, particularmente con la Presidencia Municipal de Tlaxcoapan.
<<Resulta que el Movimiento de Regeneración Nacional presentó un procedimiento ordinario sancionador ante el IEEH en contra del presidente municipal de Tlaxcoapan, Jovani Miguel León Cruz, quien el 22 de marzo del año en curso fue entrevistado por éste medio para una cápsula informativa que se difundió en redes sociales, lo que para Morena “fue una ilegalidad”, por la supuesta utilización de recursos públicos para promover la imagen del alcalde.
<<Montado en esa queja, el IEEH pidió a Quadratín Hidalgo a través del oficio número IEE/SE/0217/2017 con fecha del 11 de mayo, dar a conocer la siguiente información:
<<La presidenta del IEEH actúa por arrebato y venganza en contra delos periodistas incómodos; utiliza personal y recursos públicos para tomar revancha en contra de un medio de comunicación que ha exhibido su incompetencia, y ahora pide a Quadratín Hidalgo abrir contratos de publicidad inexistentes, como se especificó en la contestación por escrito al órgano electoral>>.
Aclaración respectiva
El Instituto Estatal Electoral (IEE Hidalgo) no pretende que ninguna forma “fiscalizar el trabajo interno de los medios de comunicación, violentar el secreto profesional de los periodistas y usurpar funciones de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o del Sistema de Administración Tributaria” ni mucho menos violentar los derechos de la prensa (en este caso, de “Quadratín Hidalgo”).
En el caso particular, en el oficio girado a “Quadratín Hidalgo” en que se solicita información referente a un video/trabajo periodístico publicado en su perfil de Facebook, se señala que dicha petición se realiza dentro del Procedimiento Ordinario Sancionador IEE/SE/POS/005/2017 instaurado en atención a la denuncia del C. Cirino Paredes Rubio, representante propietario del partido político MORENA, contra el C. Jovani Miguel León Cruz, Presidente Municipal de Tlaxcoapan, por presuntos actos contraventores de la normatividad electoral.
Aunado a lo anterior, el referido oficio señala que esta solicitud se fundamenta en lo establecido por los artículos 2 párrafo I y 333 del Código Electoral del Estado de Hidalgo, así como 18, 19 y 20 del Reglamento de Quejas y Denuncias del IEE Hidalgo. Se cita lo siguiente:
<<Artículo 333. La investigación para el conocimiento cierto de los hechos se realizará por el Instituto Estatal Electoral de forma seria, congruente, idónea, eficaz, expedita, completa y exhaustiva.
(…)
<<El Secretario Ejecutivo podrá solicitar a las autoridades los inconformes, certificaciones o el apoyo necesario para la realización de diligencias que coadyuven para indagar y verificar la certeza de los hechos denunciados. Con la misma finalidad podrá requerir a las personas físicas y morales la entrega de informaciones y pruebas que sean necesarias>>
Por la anterior razón, las aseveraciones hechas en las columnas <<Radar Político: Sin facultades>> y <<Letras Minadas: Guillermina fracasa como consejera; ahora audita medios>> donde se afirma que esta petición se hace haciendo una interpretación errónea de la Ley, rebasando todo tipo de límites, o que en ello se muestra clara ignorancia de la Ley, son completamente falsas, erróneas e infundadas, por lo que se solicita que se pulique esta aclaración en los términos aquí expuestos.
El primer término es necesario precisar que conforme al numeral 304 del Código Electoral Local no sólo las autoridades, sino también las personas físicas o morales tienen la obligación de entregar la información requerida por las autoridades electorales y que pueda vincularse con Partidos políticos, aspirantes, precandidatos, precandidatas, candidatos o candidatas a cargos de elección popular, sin que ello signifique que se pretenda fiscalizar a los medios de comunicación ni tampoco a los entes de la iniciativa privada.
En consecuencia de estas ideas, se señala que la petición de información a “Quadratín Hidalgo” dentro del Procedimiento Ordinario Sancionador no fue una decisión unilateral de un funcionario o funcionaria de este Instituto sino que se realizó en uso de las facultades de esta autoridad electoral –y con la opinión favorable de los Consejeros que integran la Comisión Permanente Jurídica- de investigar los hechos motivo de la instauración del procedimiento sancionador.
Y con el único objetivo de allegarse de elementos de convicción que permitan una resolución apegada a derechos en dicho asunto. Por lo anterior carece de fundamento la afirmación hecha en <<Quadratín Hidalgo>> de que fue una orden directa de la Consejera Presidenta Guillermina Vázquez Benítez.
Vale la pena mencionar que esta no es la primera ocasión que se solicita información a un medio de comunicación, como parte de las diligencias de un Procedimiento. Tanto así que es preciso añadir que en el presenta caso. “Quadratín Hidalgo” dio contestación a la solicitud de información girada como parte del citado Procedimiento Ordinario Sancionador, emitiendo su respuesta mediante oficio de fecha 19 de mayo del año en curso, firmado por el Director General Alejandro Gálvez Díaz señalando que la información “se rinde con la única intención de prestar la atención correspondiente a la petición de la Institución |el IEE Hidalgo|” y “con fundamento en el artículo 333 párrafo quinto del Código Electoral del Estado de Hidalgo” de lo cual se destaca que el medio fue debidamente informado del sustento de la petición de información que se le hizo y que con ese conocimiento emitió su respuesta.
Por otra parte en cuanto a Transparencia y Acceso a la información Pública, este organismo a través de la Unidad en la materia, ha estado atendiendo sus obligaciones –entre ellas la relativa a transparentar sus finanzas- mediante la actualización de la página institucional y la respuesta a solicitudes recibidas vía INFOMEX (hoy Plataforma Nacional de Transparencia).
Sin más por el momento y pidiendo atentamente la respuesta al presente asunto, quedo de Usted, señalando como domicilio para recibir notificaciones el ubicado en Boulevard Everardo Márquez número 115, colonia Ex Hacienda de Coscotitlán. C.P. 42064; Pachuca de Soto, Hidalgo.
ATENTAMENTE
LIC. GUILLERMINA VÁZQUEZ BENÍTEZ
CONSEJERA PRESIDENTA