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PACHUCA Hgo, a 31 de mayo 2019.- Las molestas llamadas para ofertar servicios financieros son relativamente fáciles de evitar y para ello la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros cuenta con una herramienta.
El Registro Público de Usuarios que no deseen información publicitaria de productos y servicios financieros es un padrón de usuarios del Sistema Financiero Mexicano que evita la recepción vía telefónica o por correo electrónico de promociones de instituciones financieras.
No obstante, aclara la Condusef, inscribirse en este padrón no implica que el usuario de la línea telefónica pueda deshacerse de llamadas de cobranza, encuestas o aquellas con fines políticos, de caridad o beneficencia.
Con un trámite breve que puede realizarse por teléfono, internet o personalmente en la oficina de atención de Condusef más cercana, pueden registrarse números de teléfono fijo o celulares, así como correos electrónicos laborales o personales solicitando el derecho de mantener privada la información personal y evitar así el hostigamiento por parte de entidades financieras.
Vía telefónica, los usuarios pueden llamar al Centro de Atención Telefónica de la Condusef: 01 800 999 80 80, y proporcionar los datos que se solicitan para restringir las cuentas y números telefónicos necesarios.
Desde un teléfono fijo, informan, se puede inscribir a una familia o a las personas que habiten en el mismo domicilio proporcionando los datos necesarios.
Vía internet el proceso se lleva a cabo a través de la página www.condusef.gob.mx, donde es posible inscribir teléfono fijo personal y laboral, así como teléfono celular personal, laboral y correo electrónico.
Para el trámite personal, la oficina solicita presentar en original una identificación oficial y un comprobante de domicilio que concuerde con la dirección registrada en el recibo telefónico.
Una vez hecho el registro, Conducef proporciona un número útil para la actualización, alta o baja de datos y las llamadas y correos de ofertas financieras deberán desaparecer en un periodo de 45 días naturales.