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PACHUCA, Hgo., 9 de julio del 2019.- Siete de los 17 diputados de la fracción de Morena presentaron este día una iniciativa para crear una Junta de Administración dentro del Poder Legislativo, alterna a la de Gobierno que preside el legislador Ricardo Baptista González, quien se encuentra en el ojo del huracán por sus constantes desatinos y de sus colaboradores.
Los morenistas Susana Ángeles, Tatiana Ángeles Moreno, Víctor Osmind Guerrero, Lizeth Marcelino Tovar, Lucero Ambrosio, Rosalba Calva y Armando Quintanar presentaron dicha propuesta cuya finalidad sería que las representaciones partidistas con mayor presencia en el Congreso local ejerzan control en el Poder Legislativo, mediante la creación de los órganos de Junta de Coordinación Política y la Junta de Administración, además de establecer candados para evitar que se reformen estas disposiciones en el último año de trabajo.
La legisladora por Tizayuca, Susana Araceli Ángeles Quezada presentó los puntos para la modificación de la Ley Orgánica del Poder Legislativo que establece varios puntos que pretenden distribuir el poder de forma democrática y no aglomerarla como actualmente se encuentra en la Junta de Gobierno, lo cual contraviene con las intenciones de los diputados morenistas afines al Grupo Universidad, encabezados por el propio Ricardo Baptista y que pretenden quedarse con la presidencia durante los 3 años.
Para este fin, se establece bajo el capítulo quinto denominado de la Junta de Coordinación Política los parámetros con los cuales operará este órgano colegiado que estará integrada por los diputados coordinadores de cada uno de los Grupos Parlamentarios, representantes de partido y el presidente de mesa directiva en turno.
Si bien en su artículo 108 menciona que la presidencia será rotativa, es decir, cada año legislativo la presidirá un representante de las fuerzas políticas con mayor presencia, el orden anual para presidir este órgano será determinado por votación ponderada de los miembros de la Junta de Coordinación Política.
A su vez, las decisiones tomadas al interior del nuevo órgano colegiado se adoptan por mayoría absoluta mediante el sistema de voto ponderado, lo que representa que cada coordinador representa tantos votos como diputados integre su grupo parlamentario.
Mientras que la Junta de Coordinación Política tendrá el encargo de emprender los trabajos y agenda en materia legislativa, se pretende que otro órgano colegiado se encargue de las cuestiones administrativas, lo cual da paso a la creación de la Junta Administrativa.
Esta se encargaría de presentar a la otra junta el Proyecto de Presupuesto Anual de Egresos del Poder Legislativo; proponer la creación de las unidades administrativas; expedir previo acuerdo, los nombramientos de los Servidores Públicos de las Áreas Administrativas, así como suscribir las operaciones financieras, previo acuerdo con la Junta de Coordinación Política.
Caso contrario a la integración de la otra Junta, la de Administración no señala relevos o presidencia rotativa, y la presidirá el grupo parlamentario que represente el mayor número de diputados en la legislatura.
En caso excepcional cuando dos o más Grupos Parlamentarios tengan el mismo número de diputados se tomará como base el porcentaje de votación electoral que haya obtenido cada partido político en los comicios respectivos.
El órgano colegiado administrativo tomará sus decisiones por consenso, pero en el caso de que éste no se obtenga, las adoptará por mayoría de votos de los integrantes, quienes dispondrán de voto ponderado conforme al número de diputados que integren sus respectivos Grupos respecto del total de la Legislatura.
Otro de los puntos de esta iniciativa establece en su artículo 47 que las disposiciones contenidas en esta Ley y su Reglamento, sólo podrán ser modificadas con aprobación de la mayoría absoluta, además de que ésta ley no podrá ser vetada por el titular del Poder Ejecutivo del Estado, únicamente le será turnada para los efectos de su publicación.
“Las disposiciones de esta ley no podrán ser modificadas en el último periodo ordinario ni en los ejercicios extraordinarios que en su caso hubiere, o en el receso, correspondientes al tercer año de ejercicio constitucional”, añade el artículo para evitar albazos.
En los transitorios se expone que la ley entrará en vigor al siguiente día de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, además de que abroga la Ley Orgánica Del Poder Legislativo del Estado de Hidalgo publicada el lunes 21 de septiembre de 2009, así como las disposiciones que contravengan este ordenamiento.
Abunda que la Junta de Coordinación Política, la Junta de Administración y demás órganos administrativos modificados o creados serán elegidas conforme a lo dispuesto por esta ley contarán con 30 días naturales posteriores a la publicación de la presente ley y entrarán en funciones por el tiempo que reste de la legislatura actual.
Y por último la Presidencia de la directiva que fungirá, será elegida conforme a lo dispuesto por esta Ley dentro de los 30 días naturales posteriores a la publicación mientras que el Congreso del Estado cuenta con 90 días naturales para expedir el reglamento.