Alfajayucan: aplicarán usos y costumbres en elección de delegados
PACHUCA, Hgo., 29 de noviembre del 2020.- Al existir la violación al principio de certeza, así como actos anticipados de campaña en la elección para presidente municipal en el municipio de Tulancingo de Bravo e Ixmiquilpan, el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo declaró la nulidad de los resultados otorgados en ambos procesos, al tiempo que se estableció la convocatoria para elección extraordinaria para el caso de Ixmiquilpan.
En sesión nocturna del organismo jurisdiccional en materia electoral del estado, por unanimidad los magistrados de este cuerpo colegiado determinaron que existen elementos para anular y dejar sin efectos los resultados, constancia de mayoría y triunfo de a planilla a nombre de Jorge Márquez Alvarado bajo el Revolucionario Institucional, esto hablando de Tulancingo.
De manera resumida, se expuso que la situación de incertidumbre se debe a las denuncias generadas durante la jornada electoral y consecuente en la contabilización de votos.
Se abundó que se sustentaron los agravios emitidos bajo el Juicio de Inconformidad JIN-076-MOR-115/2020 y acumulados, donde se exponen irregularidades en los conteos de los sufragios ante el Comité Municipal Electoral.
A su vez, se acreditó la manipulación, alteración y daño a los paquetes electorales de varias casillas en este municipio, lo cual viola el principio de certeza.
Bajo estas razones, el TEEH declaró la nulidad de la elección t resultados derivados de ésta en el pasado 18 de octubre en Tulancingo, con lo cual se retira la declaratoria de ganador a la representación del PRI en esta demarcación.
Bajo el segundo caso, la sentencia de los magistrados asentó la nulidad de la elección del Ixmiquilpan, a favor de Vicente Charrez Pedraza del Partido del Trabajo, a quien se le atribuyeron actos anticipados de campaña como motivo para quitarle la constancia de mayoría.
A su vez, el TEEH instó al Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) a lanzar la convocatoria para la elección extraordinaria de los integrantes del ayuntamiento.
Dentro de los argumentos que se documentaron para tal sentencia, se señaló que Vicente Charrez incurrió en actos adelantados de campaña bajo una asociación, además de que en la presentación de obras municipales, se le presentó o se hizo ver a su persona como el dador de estas obras, lo que a criterio del TEEH, es una sobreexposición de la figura del alcalde electo, lo que además le generó una situación ventajosa que se reflejó en las urnas el pasado 18 de octubre.
Con estos resolutivos, son al momento 3 los municipios cuyos resultados se anulan, esto con el antecedente de Huejutla.